< El servicio de Reclutamiento y Movilización

El servicio de Reclutamiento y Movilización Artículo 35 Colombia


El servicio de Reclutamiento y Movilización
Artículo 35. Cedulas militares

Para los Oficiales y Suboficiales de las Fuerzas Militares en servicio activo, situación de retiro o de reserva, la cédula militar reemplaza la tarjeta de reservista para todos los actos en que esta sea requerida.

PARÁGRAFO 1o. Para los Oficiales y Suboficiales de la Policía Nacional en servicio activo, la cédula de identidad policial reemplaza la tarjeta de reservista.

PARÁGRAFO 2o. Para los alumnos de las escuelas de formación de Oficiales y Suboficiales, Soldados, Grumetes, Infantes y Agentes de Policía, durante su permanencia en la institución, la respectiva tarjeta de identidad militar o policial, reemplaza la tarjeta de reservista.

Colombia Art. 35 Se reglamenta el servicio de Reclutamiento y Movilización
Hacer una pregunta en los comentarios
Artículo 1o ...33 34 35 36 37 ...64
Agregar un comentario
¿Es Usted jurista? ¿Necesito nuevos clientes?
Publique la información de sí mismo

- Eso es gratís

- La información acerca de 5 mejores juristas está en todas las páginas del sitio

- Este anuncio ven màs de 10 000 visitantes al día

- Para aumentar su rating Usted necesito responder a las preguntas de los usuarios

Registrarse