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Se reconoce al Colombiano y Colombiana de Oro Artículo 2o Colombia


Se reconoce al Colombiano y Colombiana de Oro
Artículo 2o. Acreditación

Las personas que hagan uso de los beneficios que se establecen en esta Ley, acreditarán su derecho a adquirirlo mediante la presentación, para cada caso, de la Tarjeta Colombiano de Oro expedida por la Registraduría Nacional.

PARÁGRAFO 1o. Para obtener la Tarjeta de Colombiano de Oro, se deberá formular solicitud ante la Registraduría Nacional, allegando los documentos que lo acrediten como Colombiano de Oro.

PARÁGRAFO 2o. Se autoriza a la Registraduría Nacional del Estado Civil para que determine las tarifas diferenciales que debe cobrarse a los ciudadanos mayores de 65 años, a fin de que se recupere el costo de la tarjeta Colombiano de Oro, atendiendo la capacidad contributiva del ciudadano. La Registraduría del Estado Civil, al determinar las tarifas, deberá tener en cuenta los estratos socioeconómicos establecidos.





Colombia Art. 2o Se reconoce al Colombiano y Colombiana de Oro
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Mi pregunta: Al lado de mi propiedad , mi vecino vendio el principio de construccion que tenia, el nuevo propietario demolio todo para hacer una nueva construcion; mi pregunta el nuevo propietario al demoler todo y empezar de cero , debe de conciliar con los vecinos para poder pegarse de nuestros muros. O, de lo contrario hacer su muro aparte si no hay acuerdo entre los vecinos.Le estare muy agradecido con su respuesta a dicho asunto.



Muy buen dia, para tod@s quiero saber cuanto son los términos legales ya que coloque la denuncia en la fiscalia, el 29 febrero 2024 y hasta el dia de hoy no me han llamado y en este momento ya me da lidia para sentarme y pararme, todo lo que pueda hacer para defenderme debo hacerlo parado, espero que me colaboren muy amables..



Cómo se establece, determina o contabiliza un plazo o un término de 48 horas?



Hola. Como el Art 227 no hace observación alguna sobre un mínimo para hacer el pago, si el empleado devenga un salario mínimo mensual, igualmente aplica el pago de las 2/3 partes los 90 días primeros y el 50% del segundo trimestre?




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