Se reconoce al Colombiano y Colombiana de Oro (Se reconoce al Colombiano y Colombiana de Oro) Colombia
Se reconoce al Colombiano y Colombiana de Oro
- Artículo 1o. Se entenderá como Colombiano de Oro, aquel colombiano mayor de 65...
- Artículo 2o. Acreditación
- Artículo 3o. Todo Colombiano de Oro gozará de un régimen especial, el cual...
- Artículo 4o. Instransferibilidad sic
- Artículo 5o. Convenios
- Artículo 6o. Día del colombiano de oro
- Artículo 7o. Homenaje al colombiano de oro del año
- Artículo 8o. Sanciones
- Artículo 9o. Todas las entidades estatales y privadas que presten servicios al...
- Artículo 10. Los establecimientos y oficinas públicas a las que se aplica,...
- Artículo 11. Para efectos de los artículos anteriores las empresas estatales y...
- Artículo 12. Cuando suceda el fallecimiento de un Colombiano de Oro, sus familiares o...
- Artículo 13. El Gobierno Nacional deberá reglamentar la presente Ley, inicialmente,...
- Artículo 14. La presente ley rige a partir de la fecha de su promulgación y deroga...
Otras regulaciones
Se instaura en el territorio nacional la aplicación del comparendo ambiental a los infractores de las normas de aseo, limpieza y recolección de escombros Congreso de la República honra la memoria del Abogado, Pedagogo, Periodista y Analista político Jaime Garzón Se honra la memoria, obra política y de Gobierno del ex Presidente Misael Pastrana Borrero Convenio de París para la Protección de la Propiedad Industrial La Nación se asocia a la celebración de los setenta años de la fundación de la Universidad NacionalMejores juristas





Buenas noches me disculpo ,bueno tengo una propuesta que me han hecho y es la siguiente
me deben una suma de dinero y me deudor me manifestó que tenia girada a su favor una letra de cambio por suma mayor que la que a mi me adeuda, y me propuso que me cedía en garantía el mencionado titulo valor .
¿puedo aceptarle la propuesta, es decir mi acreencia en realidad queda asegurada?
bendiciones quedo atenta.
que puedo hacer para recuperar el valor de una letra el caso es el siguiente el 2 de enero del 2021 me endosaron una letra de cambio que tenia fecha de vencimiento el día 2 enero del 2015.Inicie el proceso ejecutivo y aun cuando me habían dicho que allí no se podía proponer excepciones, efectivamente las propusieron ,las cuales prosperaron perdiendo yo el pleito? como puedo hacer para recuperar el valor de esta letra?
Buenas noches, cuando se realiza la inmovilización del vehículo por una medida cautelar, emitida por juzgado, este auto se le da traslado a la entidad competente de tránsito y estos últimos, le dan el trámite indicado. Gracias
Cuáles se consideran residuos más altos a tener en cuenta en elección por cociente electoral
¿según el articulo 1 del código de comercio en Colombia quienes son los comerciantes?
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