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El régimen de propiedad horizontal Artículo 42 Colombia


Vigente, con las modificaciones. Última actualización 11/04/2025

El régimen de propiedad horizontal
Artículo 42. Reuniones no presenciales

Siempre que ello se pueda probar, habrá reunión de la asamblea general cuando por cualquier medio los propietarios de bienes privados o sus representantes o delegados puedan deliberar y decidir por comunicación simultánea o sucesiva de conformidad con el quórum requerido para el respectivo caso. En este último caso, la sucesión de comunicaciones deberá ocurrir de manera inmediata de acuerdo con el medio empleado, de lo cual dará fe el revisor fiscal de la copropiedad.

PARÁGRAFO. Para acreditar la validez de una reunión no presencial, deberá quedar prueba inequívoca, como fax, grabación magnetofónica o similar, donde sea claro el nombre del propietario que emite la comunicación, el contenido de la misma y la hora en que lo hace, así como la correspondiente copia de la convocatoria efectuada a los copropietarios.

Colombia Art. 42 El régimen de propiedad horizontal
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En general, los honorarios del abogado son pagados por cada una de las partes (demandante y demandada) individualmente según cuadre cada quien con su abogado. Esto porque la relación entre el cliente y su abogado está regida por un contrato de prestación de servicios privado, en el cual se acuerdan libremente los honorarios, pudiendo ser estos muy altos o incluso gratuitos y en ese sentido, sería injusto obligar a la contraparte en una demanda a que pague algo en lo que no tuvo poder de decidir.


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buen dia me gustaria saber que pasa si yo trabajo tres domingos seguidos en una quincena o en un mes a que tengo derecho


Aunque la jornada laboral máxima legal es de 42 horas semanales (según la implementación gradual de la Ley 2101 de 2021), es posible que un empleador requiera que un trabajador labore más horas, siempre y cuando estas sean consideradas como horas extras o trabajo suplementario, tal como ocurría en el régimen anterior. Estas horas deben ser autorizadas y remuneradas conforme a los recargos establecidos en la ley. 


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Cuando el empleador acuerda la ampliación de la jornada laboral diaria para que el trabajador descanse el sábado, este día puede ser utilizado para realizar la jornada laboral semestral dedicada a la familia. Esto está relacionado con la Ley 1857 de 2017, que obliga a los empleadores a facilitar espacios para que los trabajadores compartan con sus familias. En este contexto, el sábado, aunque no sea considerado un día de descanso obligatorio, puede ser aprovechado para cumplir con esta obligación.


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¿el articulo 167 , sirve como base para la no aplicacion de la la reduccion de la jornada laboral segun la laey 2101 de 2021 cundo se labora en semanas que tengan dia festivos ?


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