Sistema General de Regalías Artículo 83 Colombia
Sistema General de Regalías
Artículo 83. Presentación
Los Ministros de Hacienda y Crédito Público y de Minas y Energía presentarán, cada dos años, durante el primer día hábil del mes de octubre, el Proyecto de ley de Presupuesto del Sistema General de Regalías, de conformidad con las definiciones adelantadas por los Órganos Colegiados de Administración y Decisión. El respectivo Proyecto de ley dispondrá de una exposición de motivos en la que se resalten los principales aspectos, objetivos y metas que se esperan cumplir con el Presupuesto que se presenta a consideración del Congreso de la República.
DEL ESTUDIO Y APROBACIÓN DEL PROYECTO DE PRESUPUESTO.
Colombia Art. 83 Se regula la organización y el funcionamiento del Sistema General de Regalías
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Recordemos que según el artículo 905 del Código Civil la servidumbre de tránsito puede ser impuesta a favor de predios que no tienen acceso a una vía pública o cuya salida es insuficiente para su explotación adecuada. En estos casos, el propietario del predio puede solicitar la constitución de una servidumbre de tránsito, incluso en contra de la voluntad del propietario del predio por donde pasará el camino.
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Quiero saber si puedo desistir por motivos personales de un proceso judicial donde solicito la declaracio de muerte de mi esposo, porque no sabemos nada de el desde 1996 y que sanciones voy a tener si desisto?
Recordemos que según el artículo 905 del Código Civil la servidumbre de tránsito puede ser impuesta a favor de predios que no tienen acceso a una vía pública o cuya salida es insuficiente para su explotación adecuada. En estos casos, el propietario del predio puede solicitar la constitución de una servidumbre de tránsito, incluso en contra de la voluntad del propietario del predio por donde pasará el camino.
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Un Gerente o Empleado Publico de mayor jerarquia, si cambia una Resolucion, solo por impedir ser representante de un comite de vivienda, da lugar aso pena del Articulo 413 y 414.
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