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Acuerdo entre la República de Colombia y la Organización para la Cooperación y Desarrollo Económicos Artículo 16 Colombia


Acuerdo entre la República de Colombia y la Organización para la Cooperación y Desarrollo Económicos
Artículo 16.

1. Los expertos que realicen misiones para la Organización o que sean invitados a participar en una reunión convocada por la Organización, gozarán, en el territorio de la República de Colombia, de los privilegios, inmunidades y facilidades que sean necesarios para el ejercicio independiente de sus funciones durante el periodo de sus misiones, incluido el tiempo que gasten en viajes relacionados con sus misiones.

2. En particular, a las personas referidas en el párrafo 1 de este artículo se les concederá:

(a) inmunidad de arresto o detención y de decomiso de su equipaje y demás pertenencias;

(b) inmunidad de proceso legal con respecto a palabras habladas o escritas, y a todos los actos que se hagan en el desempeño de su misión: dicha inmunidad continuará luego de la terminación de su misión;

(c) inviolabilidad de todos los documentos;

(d) para efectos de comunicarse con la Organización, el derecho de utilizar códigos y de enviar y recibir correspondencia y demás documentos por correo privado;

(e) los mismos privilegios con respecto a facilidades de moneda y cambio que son concedidos a un representante de un gobierno extranjero en misión oficial temporal;

(f) exención de cualquier obligación para depositar garantía pagadera con respecto a artículos admitidos temporalmente en la República de Colombia.



Colombia Art. 16 Acuerdo entre la República de Colombia y la Organización para la Cooperación y Desarrollo Económicos (OCDE) sobre Privilegios, Inmunidades y Facilidades otorgados a la Organización
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Buenas tardes, si un menor se 14 años tiene relaciones con su novia de 13 años desde hace varios meces, con la ayuda de los padres de la niña. Le permiten a mi hijo que se encierre con la niña en su casa y los padres de la niña lo niegan cuando preguntamos por él y se enojan si vamos a buscarlo. ¿Que podemos hacer a nivel legal para darle fin a esta citación?. Muchas gracias



El artículo 29 de la Constitución Política de Colombia establece que nadie puede ser juzgado dos veces por el mismo hecho, y en este caso al tratarse del hecho de conducir sin SOAT, puedes solicitar en la audiencia contravencional que te exoneren del pago de la fotomulta porque ya pagaste una multa en relación al mismo hecho y basado en este artículo no te pueden juzgar de nuevo en relación al mismo hecho.



Si un automóvil se moviliza sin SOAT y es detenido por un guarda y se le impone la multa por esta causa, pero el mismo día la infracción es detectada por cámara de fotomulta y también se impone multa por este medio, ¿el pago de la multa impuesta por guarda de tránsito, exonera del pago de la multa impuesta por la cámara?



hola, si un arrendatario que lleva mas de 10 años ocupando un bien comercial (oficina), y dicho contrato se renueva cada 2 años (periodos de 2 años), y el contrato se acaba de renovar hace 2 meses, y dicho arrendatario decide terminar unilateralmente el contrato sin justa causa, informandole al arrendador que devolvera la oficina en un plaza de 30 dias a partir de la notificación, que puede hacer el arredador? tiene derecho a indemnización aun cuando esta no esta pactada en el contrato? solamente se incluye una clausula penal de 1 canon de arriendo... en ese caso como puede el arrendador cubrirse del perjuicio que esto le causa al tener compromisos previamente adquiridos?



se puede hacer un allanamiento sin la orden de un juez por parte de un banco



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