< Se definen y regulan las cuentas abandonadas y se les asigna un uso eficiente a estos recursos

Se definen y regulan las cuentas abandonadas y se les asigna un uso eficiente a estos recursos Artículo 6o Colombia


Se definen y regulan las cuentas abandonadas y se les asigna un uso eficiente a estos recursos
Artículo 6o. Reserva para el pago de reintegros

El fondo debidamente constituido por el Icetex para tal fin tendrá como mínimo en reserva el veinte (20%) de los recursos que le sean transferidos por los establecimientos financieros de que trata el artículo 3o de la presente ley, para atender las solicitudes de reintegro efectuadas por los establecimientos antes mencionados.



Colombia Art. 6o Se definen y regulan las cuentas abandonadas y se les asigna un uso eficiente a estos recursos
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se puede hacer un allanamiento sin la orden de un juez por parte de un banco



Un comunero, en principio, no puede pedirle al otro comunero que ha estado ocupando el bien, le pague los frutos (arriendo generalmente) que habría podido llegar a percibir el bien. Lo que un comunero le puede pedir al otro comunero, es que le pague lo que le corresponde de los frutos efectivamente percibidos. Es decir, entre comuneros, no se pueden cobrar frutos que pudieron haber llegado a percibirse. Lo que se puede cobrar, es lo que percibió realmente y que no se compartió con el otro comunero. Por eso es importante demostrar que el otro comunero percibió frutos y no los compartió, no simplemente afirmarlo sin pruebas.


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