< Acuerdo entre la República de Colombia y la Organización para la Prohibición de las Armas Químicas sobre Privilegios e Inmunidades de la OPAQ

Acuerdo entre la República de Colombia y la Organización para la Prohibición de las Armas Químicas s Artículo 10 Colombia


Acuerdo entre la República de Colombia y la Organización para la Prohibición de las Armas Químicas sobre Privilegios e Inmunidades de la OPAQ
Artículo 10. Solución de controversias



1. La OPAQ deberá prever procedimientos apropiados para la solución de:

a) las controversias a que den lugar los contratos, u otras controversias de derecho privado en que sea parte la OPAQ;

b) las controversias en que esté implicado un funcionario de la OPAQ o un experto que, por razón de su posición oficial, goce de inmunidad, si la OPAQ no ha renunciado a dicha inmunidad conforme a las disposiciones del párrafo 5 del artículo 6o el párrafo 2 del artículo 7 del presente acuerdo.

2. Toda diferencia relativa a la interpretación o aplicación del presente acuerdo que no se resuelva de forma amistosa será sometida a un tribunal compuesto de tres árbitros, que emitirá un laudo definitivo a petición de cualquiera de las partes en la controversia. Cada parte designará a un árbitro. El tercer árbitro, que presidirá el tribunal, será elegido por los otros dos árbitros.

3. Si una de las partes no hubiera designado un árbitro ni hubiera tomado medidas para hacerlo dentro de los dos meses que sigan a la petición de la otra parte al respecto, la otra parte podrá solicitar al Presidente de la Corte Internacional de Justicia que efectúe dicha designación.

4. Si los dos primeros árbitros no llegaran a un acuerdo acerca de la elección del tercer árbitro dentro de los dos meses que sigan a su designación, cualquiera de las partes podrá solicitar al Presidente de la Corte Internacional de Justicia que efectúe tal designación.

5. El tribunal llevará a cabo sus procedimientos de conformidad con el Reglamento del Tribunal Permanente de Arbitraje para uso facultativo en el arbitraje para las organizaciones internacionales y los estados, vigente en la fecha de entrada en vigor del presente acuerdo.

6. El tribunal tomará su decisión por mayoría de votos. Dicha decisión será decisiva y vinculante para las partes en la controversia.

Colombia Art. 10 Se aprueba el Acuerdo entre la República de Colombia y la Organización para la Prohibición de las Armas Químicas sobre Privilegios e Inmunidades de la OPAQ, hecho en La Haya el 12 de septiembre de 2006.
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Buen dia como puedo embargar una empresa, que no tiene nada que embargar, sobre quien podria solicitar ante un juez medida cuatelzar para solicitar embargo o secuestro de bienes?



Este artículo es necesario leerlo desde sus actualizaciones. Así las cosas entre el día 1 y 2 el pago del auxilio económico a la persona trabajadora que se enferma por una razón no laboral, lo hace el empleador (Decreto 2943 de 2013). Del día 3 al 180 la EPS en un 66.6% del salario devengado mensualmente. Del día 181 al 540, el Fondo de Pensiones (Ley 962 de 2005). A partir del 541, la EPS (Ley 1753 de 2015) en un 50% del salario devengado. Nunca ningún % de estos puede ser inferior a un Salario Mínimo Mensual Legal Vigente.


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  • Buen dia, mi pregunta es en el año 2009 por situacion economica no pude seguir pagando mi plan hogar con Colombia telecomunicaciones (hoy movistar), después que han trascurrido quince años llega una carta de cobro de una empresa de cobranza, mi pregunta es; me pueden cobrar despues de tanto tiempo, la deuda sigue vigente, se les puede poner un derecho de petición. Gracias.


Un concejal que terminó periodo 31 dic 2023 puede ser contratista en el 202r4 en el mismo municipio Que estuvo ejerciendo de concejal



Mi pregunta: Al lado de mi propiedad , mi vecino vendio el principio de construccion que tenia, el nuevo propietario demolio todo para hacer una nueva construcion; mi pregunta el nuevo propietario al demoler todo y empezar de cero , debe de conciliar con los vecinos para poder pegarse de nuestros muros. O, de lo contrario hacer su muro aparte si no hay acuerdo entre los vecinos.Le estare muy agradecido con su respuesta a dicho asunto.



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