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Código de Etica de los Técnicos Electricistas Artículo 12 Colombia


Código de Etica de los Técnicos Electricistas
Artículo 12. Prohibiciones

Está prohibido a los técnicos electricistas:

a) Ejecutar actos de violencia, malos tratos, injurias o calumnias en contra de superiores, subalternos o compañeros de trabajo;

b) Omitir, negar, retardar o entrabar la realización de trabajos o asuntos a su cargo o la prestación del servicio a que están obligados;

c) El reiterado e injustificado incumplimiento de sus obligaciones civiles, laborales, comerciales y de familia, salvo que medie solicitud judicial;

d) Causar daños o pérdida de bienes, elementos, materiales o documentos que hayan llegado a su poder por razón de sus funciones ya sea doloso o culposamente;

e) Percibir remuneración oficial o de particulares por servicios no prestados, o en cuantía superior a la que realmente le corresponda;

f) Permitir, tolerar o facilitar el ejercicio ilegal de la profesión de técnico electricista;

g) Incumplir cualquier decisión judicial, administrativa, contravencional, o de policía u obstaculizar su ejecución;

h) Nombrar, elegir, dar posesión o tener a su servicio, para el desempeño de un cargo privado o público que requiera ser desempeñado por profesionales técnicos electricistas, a personas que ejerzan ilegalmente la profesión;

i) Incumplir las decisiones disciplinarias que imponga el Consejo Nacional de Técnicos Electricistas u obstaculizar su ejecución;

j) Solicitar o recibir directamente o por interpuesta persona, gratificaciones, dádivas o recompensas en razón del ejercicio de su profesión, salvo autorización contractual o legal;

k) Participar en licitaciones, concursar o suscribir contratos estatales cuyo objeto esté relacionado con el ejercicio de su profesión, estando incurso en alguna de las inhabilidades e incompatibilidades que establece la Constitución y la ley;

l) Participar en la construcción o desarrollo de proyectos que carezcan de las respectivas licencias o permisos de construcción o presenten violaciones de la ley, reglamentos técnicos o normas de carácter obligatorio.

m) Las demás prohibiciones incluidas en la presente ley y normas que la complementen y adicionen.

DE LA RELACIONES CON LOS COLEGAS.

Colombia Art. 12 Código de Etica de los Técnicos Electricistas
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Hola. Como el Art 227 no hace observación alguna sobre un mínimo para hacer el pago, si el empleado devenga un salario mínimo mensual, igualmente aplica el pago de las 2/3 partes los 90 días primeros y el 50% del segundo trimestre?




El arrendador está en la obligación de tener el bien inmueble en óptimas condiciones uso y goce , debe hacer mantenimiento de los canales de agua lluvia de la vivienda.

Lo podrá hacer el arrendatario de manera oficiosa y hacer el decuento del costo de mantenimiento al valor que paga periodicamente como canon de arrendamiento, o también podrá incurrir en la terminación unilateral del contrato. (tambíen depende que se haya estipulado en el contrato de arrendamiento)



¿Puede una empresa bajar el salario en el mismo cargo por reubicación laboral?



Aunque la ley indica que un progenitor que no cumpla con el pago de los alimentos, no será escuchado para reclamar ningún derecho sobre su hijo(a), es necesario aclarar que la entidad competente que conozca un caso en el que el padre o madre deudora, desee ver a sus hijos, deberá analizar detenidamente cada situación, con el fin de que se garanticen todos los derechos fundamentales que tienen los niños y niñas. Pues las visitas son a veces la única forma en la que el menor puede ejercer su derecho a tener una familia. Recordemos que en el tema de infancia y adolescencia, siempre debe prevalecer el derecho de los niños y niñas.


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