< Convenio de Cooperación Turística entre el Gobierno de la República de Colombia y el Gobierno de Jamaica

Convenio de Cooperación Turística entre el Gobierno de la República de Colombia y el Gobierno de Jam Artículo 7o Colombia


Convenio de Cooperación Turística entre el Gobierno de la República de Colombia y el Gobierno de Jamaica
Artículo 7o.

Para la aplicación del presente instrumento las Partes constituirán una Comisión Mixta coordinada por los respectivos organismos oficiales de turismo que tendrá como finalidad:

1. Vigilar el cumplimiento del presente Convenio y de sus Programas.

2. Determinar y evaluar los sectores prioritarios para la realización de proyectos específicos de cooperación.

3. Proponer programas de cooperación.

4. Evaluar los resultados de la ejecución de proyectos específicos.

La Comisión Mixta se reunirá a intervalos mutuamente acordados con el fin de cumplir los objetivos previstos, en el lugar y fecha que les sea conveniente a ambas Partes. Se podrán efectuar, sin embargo, consultas sobre cualquiera de los temas anteriores cuando quiera que se estime necesario, aparte de las reuniones de la Comisión Mixta, según lo acuerden las Partes,

Colombia Art. 7o Se aprueba el Convenio de Cooperación Turística entre el Gobierno de la República de Colombia y el Gobierno de Jamaica, suscrito en Santa Fe de Bogotá, D.C., el veinte (20) de abril de mil novecientos noventa y cuatro (1994)
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  • Buen dia, mi pregunta es en el año 2009 por situacion economica no pude seguir pagando mi plan hogar con Colombia telecomunicaciones (hoy movistar), después que han trascurrido quince años llega una carta de cobro de una empresa de cobranza, mi pregunta es; me pueden cobrar despues de tanto tiempo, la deuda sigue vigente, se les puede poner un derecho de petición. Gracias.


Un concejal que terminó periodo 31 dic 2023 puede ser contratista en el 202r4 en el mismo municipio Que estuvo ejerciendo de concejal



Mi pregunta: Al lado de mi propiedad , mi vecino vendio el principio de construccion que tenia, el nuevo propietario demolio todo para hacer una nueva construcion; mi pregunta el nuevo propietario al demoler todo y empezar de cero , debe de conciliar con los vecinos para poder pegarse de nuestros muros. O, de lo contrario hacer su muro aparte si no hay acuerdo entre los vecinos.Le estare muy agradecido con su respuesta a dicho asunto.



Muy buen dia, para tod@s quiero saber cuanto son los términos legales ya que coloque la denuncia en la fiscalia, el 29 febrero 2024 y hasta el dia de hoy no me han llamado y en este momento ya me da lidia para sentarme y pararme, todo lo que pueda hacer para defenderme debo hacerlo parado, espero que me colaboren muy amables..



Cómo se establece, determina o contabiliza un plazo o un término de 48 horas?



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