< Las profesiones de Educación Superior que desarrollan en el marco de las Relaciones Internacionales

Las profesiones de Educación Superior que desarrollan en el marco de las Relaciones Internacionales Artículo 3o Colombia


Las profesiones de Educación Superior que desarrollan en el marco de las Relaciones Internacionales
Artículo 3o.

Son funciones del Consejo Nacional de Profesiones Internacionales las siguientes:

a) Efectuar la inspección y la vigilancia de la presente ley y de sus decretos reglamentarios;

b) Estimular la investigación en los campos de acción de las profesiones internacionales en forma directa o con la colaboración de las entidades que hacen parte del Consejo Nacional de Profesionales o con otras entidades relacionadas tanto públicas como privadas;

c) Denunciar ante las autoridades competentes las violaciones comprobadas a las normas sobre ética profesional;

d) Presentar al Gobierno Nacional el 7 de agosto de cada año un estudio que contemple estrategias de ejecución en materia de políticas de Relaciones Internacionales y Comercio Exterior. Copia de dicho estudio será entregada también a las Comisiones Segundas de Cámara y Senado;

e) Crear su estructura organizacional interna para el desarrollo de sus funciones;

f) Elaborar y mantener actualizado el registro de los profesionales a que se refiere la presente ley;

g) Expedir la matrícula profesional;

h) Las demás que le asignen la ley y sus decretos reglamentarios.

Colombia Art. 3o Se reconocen las profesiones de Educación Superior que desarrollan en el marco de las Relaciones Internacionales y afines y se dictan otras disposiciones
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¿Puede una empresa bajar el salario en el mismo cargo por reubicación laboral?



Aunque la ley indica que un progenitor que no cumpla con el pago de los alimentos, no será escuchado para reclamar ningún derecho sobre su hijo(a), es necesario aclarar que la entidad competente que conozca un caso en el que el padre o madre deudora, desee ver a sus hijos, deberá analizar detenidamente cada situación, con el fin de que se garanticen todos los derechos fundamentales que tienen los niños y niñas. Pues las visitas son a veces la única forma en la que el menor puede ejercer su derecho a tener una familia. Recordemos que en el tema de infancia y adolescencia, siempre debe prevalecer el derecho de los niños y niñas.


Dirección: CALLE 12 B No. 7-80 y CALLE 135C No. 10-25 (CITA PREVIA)

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