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Presupuesto de Rentas y Recursos de Capital Artículo 51 Colombia


Presupuesto de Rentas y Recursos de Capital 1993
Artículo 51.

Los organismos y entidades deberán remitir al Departamento Nacional de Planeación, antes del 30 de marzo de 1993, el presupuesto de inversión debidamente regionalizado incluyendo las asignaciones que hayan sido incorporadas como nacionales y los proyectos compartidos con entidades territoriales. En igual término deberán remitir la regionalización del presupuesto total a la Dirección General del Presupuesto del Ministerio de Hacienda y Crédito Público y en la medida que se modifique la regionalización remitirá las variaciones a más tardar dentro del mes siguiente a la operación. Para tal efecto, el Departamento nacional de Planeación y el Ministerio de Hacienda – Dirección General del Presupuesto- enviarán el formato correspondiente, para que pueda incorporarse al sistema.

Cuando se realicen adiciones al presupuesto, las entidades deberán remitir al Departamento Nacional de Planeación la regionalización de la inversión dentro del mes siguiente a la expedición de la ley y a la Dirección General del Presupuesto del Ministerio de Hacienda y Crédito Público el presupuesto completo dentro del mismo término.

Colombia Art. 51 Presupuesto de Rentas y Recursos de Capital
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Buen dia como puedo embargar una empresa, que no tiene nada que embargar, sobre quien podria solicitar ante un juez medida cuatelzar para solicitar embargo o secuestro de bienes?



Este artículo es necesario leerlo desde sus actualizaciones. Así las cosas entre el día 1 y 2 el pago del auxilio económico a la persona trabajadora que se enferma por una razón no laboral, lo hace el empleador (Decreto 2943 de 2013). Del día 3 al 180 la EPS en un 66.6% del salario devengado mensualmente. Del día 181 al 540, el Fondo de Pensiones (Ley 962 de 2005). A partir del 541, la EPS (Ley 1753 de 2015) en un 50% del salario devengado. Nunca ningún % de estos puede ser inferior a un Salario Mínimo Mensual Legal Vigente.


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  • Buen dia, mi pregunta es en el año 2009 por situacion economica no pude seguir pagando mi plan hogar con Colombia telecomunicaciones (hoy movistar), después que han trascurrido quince años llega una carta de cobro de una empresa de cobranza, mi pregunta es; me pueden cobrar despues de tanto tiempo, la deuda sigue vigente, se les puede poner un derecho de petición. Gracias.


Un concejal que terminó periodo 31 dic 2023 puede ser contratista en el 202r4 en el mismo municipio Que estuvo ejerciendo de concejal



Mi pregunta: Al lado de mi propiedad , mi vecino vendio el principio de construccion que tenia, el nuevo propietario demolio todo para hacer una nueva construcion; mi pregunta el nuevo propietario al demoler todo y empezar de cero , debe de conciliar con los vecinos para poder pegarse de nuestros muros. O, de lo contrario hacer su muro aparte si no hay acuerdo entre los vecinos.Le estare muy agradecido con su respuesta a dicho asunto.



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