< Protocolo relativo a una enmienda del Convenio sobre Aviación Civil Internacional

Protocolo relativo a una enmienda al artículo 50 a) del Convenio sobre Aviación Civil Internacional Artículo 3o Colombia


Protocolo relativo a una enmienda del Convenio sobre Aviación Civil Internacional
Artículo 3o.

La presente Ley rige a partir de la fecha de su publicación.

El Presidente del honorable Senado de la República,

JOSÉ BLACKBURN CORTÉS

El Secretario General del honorable Senado de la República,

PEDRO PUMAREJO VEGA.

El Presidente de la honorable Cámara de Representantes,

CÉSAR PEREZ GARCÍA

El Secretario General de la honorable Cámara de Representantes,

DIEGO VIVAS TAFUR

-----

República de Colombia - Gobierno Nacional.

Publíquese y ejecútese.

Dada en Santafé de Bogotá, D.C., a 27 de noviembre de 1992.

CÉSAR GAVIRIA TRUJILLO

La Ministra de Relaciones Exteriores,

NOEMÍ SANÍN DE RUBIO.

El Director del Departamento Administrativo de Aeronáutica Civil,

JOSÉ JOAQUÍN PALACIO CAMPUZANO.

      



Colombia Art. 3o Se aprueba el Protocolo relativo a una enmienda al artículo 50 a) del Convenio sobre Aviación Civil Internacional, hecho en Montreal el 26 de octubre de 1990
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Mi pregunta: Al lado de mi propiedad , mi vecino vendio el principio de construccion que tenia, el nuevo propietario demolio todo para hacer una nueva construcion; mi pregunta el nuevo propietario al demoler todo y empezar de cero , debe de conciliar con los vecinos para poder pegarse de nuestros muros. O, de lo contrario hacer su muro aparte si no hay acuerdo entre los vecinos.Le estare muy agradecido con su respuesta a dicho asunto.



Muy buen dia, para tod@s quiero saber cuanto son los términos legales ya que coloque la denuncia en la fiscalia, el 29 febrero 2024 y hasta el dia de hoy no me han llamado y en este momento ya me da lidia para sentarme y pararme, todo lo que pueda hacer para defenderme debo hacerlo parado, espero que me colaboren muy amables..



Cómo se establece, determina o contabiliza un plazo o un término de 48 horas?



Hola. Como el Art 227 no hace observación alguna sobre un mínimo para hacer el pago, si el empleado devenga un salario mínimo mensual, igualmente aplica el pago de las 2/3 partes los 90 días primeros y el 50% del segundo trimestre?




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