< Se declara Monumento Nacional el Templo Parroquial de San Sebastián

Se declara Monumento Nacional el Templo Parroquial de San Sebastián Artículo 4o Colombia


Se declara Monumento Nacional el Templo Parroquial de San Sebastián
Artículo 4o.

La Junta de Conservación del Monumento Nacional Templo Parroquial de San Sebastián, previsto en el artículo anterior, estará conformada por:

1- El Alcalde de Morales o su delegado.

2- El Secretario de Obras Públicas Municipal.

3- El Párroco de la Iglesia de San Sebastián, quien además será el Secretario de la Junta.

4- Un Representante del Consejo Económico Parroquial de la Iglesia de San Sebastián, escogido democráticamente entre sus miembros.

5- El Director de la Casa de la Cultura de Morales, Bolívar.

6- Un Representante de la Comunidad Católica de Morales, Bolívar.

7- Un Representante de la Academia de Historia del Departamento de Bolívar, escogido por su Mesa Directiva.

PARÁGRAFO: Esta Junta recopilará la historia religiosa, espiritual, cultural y sociológica del Templo Parroquial de San Sebastián de Morales -Bolívar- y de todos los aspectos relacionados con el desarrollo de la Iglesia Católica en la región, para lo cual contará con un presupuesto asignado de manera independiente por el Ministerio de Educación Nacional, la Secretaría de Educación de Bolívar y el Municipio de Morales, respectivamente.

De dicha recopilación, una vez aprobada por la Junta de Conservación de Monumento Nacional Templo Parroquial de San Sebastián, se editará dos mil (2.000) ejemplares, con cargo al Fondo de Publicaciones de la Cámara de Representantes y contratada por ésta.

Colombia Art. 4o Se declara Monumento Nacional el Templo Parroquial de San Sebastián, en el Municipio de Morales, Departamento de Bolívar
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El arrendador está en la obligación de tener el bien inmueble en óptimas condiciones uso y goce , debe hacer mantenimiento de los canales de agua lluvia de la vivienda.

Lo podrá hacer el arrendatario de manera oficiosa y hacer el decuento del costo de mantenimiento al valor que paga periodicamente como canon de arrendamiento, o también podrá incurrir en la terminación unilateral del contrato. (tambíen depende que se haya estipulado en el contrato de arrendamiento)



¿Puede una empresa bajar el salario en el mismo cargo por reubicación laboral?



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