Se establecen los requisitos y mecanismos ágiles para la postulación Artículo 6o Colombia
Se establecen los requisitos y mecanismos ágiles para la postulación
Artículo 6o.
La presente ley rige a partir de su promulgación y deroga las disposiciones que le sean contrarias.El Presidente del honorable Senado de República,
ARMANDO BENEDETTI VILLANEDA.
El Secretario General del honorable Senado de República,
EMILIO RAMÓN OTERO DAJUD.
El Presidente de la honorable Cámara de Representantes,
CARLOS ALBERTO ZULUAGA DÍAZ.
El Secretario General de la honorable Cámara de Representantes,
JESÚS ALFONSO RODRÍGUEZ CAMARGO.
REPÚBLICA DE COLOMBIA – GOBIERNO NACIONAL
Publíquese y cúmplase.
Dada en Bogotá, D. C., a 22 de noviembre de 2010.
JUAN MANUEL SANTOS CALDERÓN
El Ministro de Agricultura y Desarrollo Rural,
JUAN CAMILO RESTREPO SALAZAR.
La Ministra de Ambiente, Vivienda y Desarrollo Territorial,
BEATRIZ ELENA URIBE BOTERO.
Colombia Art. 6o Se establecen los requisitos y mecanismos ágiles para la postulación, asignación y aplicación de subsidios familiares de vivienda para la población rural afectada por desastres naturales, calamidad pública o emergencia, o con viviendas en zonas de alto riesgo
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