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Se reconoce, impulsa y protege el Viche/Biche y sus derivados como bebidas ancestrales, artesanales Artículo 6 Colombia


Se reconoce, impulsa y protege el Viche/Biche y sus derivados como bebidas ancestrales, artesanales
Artículo 6. CREACIÓN Y FUNCIÓN DEL COMITÉ INTERINSTITUCIONAL

Créase el Comité Interinstitucional del Viche/Biche que estará conformada por delegados de las siguientes entidades: 

l. Un delegado del Ministerio de Cultura con la participación de las Escuelas Taller. 

II. Un delegado del Ministerio de Agricultura. 

III. Un delegado del Instituto Nacional de Vigilancia de Medicamentos y Alimentos (INVIMA). 

IV. Un delegado del Ministerio de Comercio, Industria y Turismo. 

V. Un delegado de cada uno de los gobiernos departamentales de la costa del pacífico colombiano. 

VI. Un delegado del Ministerio de Salud y Protección Social. 

VII. Doce (12) delegados de los Vicheros /Bicheros, tres (3) por cada uno de los departamentos con vocación Vichera/Bichera, elegidos por las asociaciones de las comunidades negras de productores y transformadores que tengan trayectoria demostrada y tengan en su objeto misional la promoción del Viche/Biche y sus derivados. 

VIII. Un delegado de la Federación Nacional de Departamentos. 

Así mismo, serán invitados permanentes: 

l. Un delegado del Ministerio de Interior. 

II. Un delegado de la Defensoría del Pueblo. 

III. Un delegado del Ministerio de Ambiente y Desarrollo Sostenible. 

IV. Un delegado del Departamento Administrativo Nacional de Estadística DANE. 

V. Un delegado de las Cámaras de comercio de los departamentos con vocación Vichera/Bichera. 

VI. Un delegado de la Universidad del Pacífico. 

Este Comité sesionará de forma ordinaria por lo menos dos (2) veces al año y de forma extraordinaria cuando por la naturaleza de los temas a tratar así lo solicite alguno de sus integrantes. 

El Gobierno Nacional garantizará la participación de los delegados de las comunidades, sin excepción. 

PARÁGRAFO PRIMERO. El Comité Interinstitucional podrá invitar a sus sesiones a los funcionarios públicos, representantes del sector privado, académicos y demás personas que considere necesario. 

PARÁGRAFO SEGUNDO. El Comité Interinstitucional del Viche/Biche expedirá su propio reglamento interno para su correcto funcionamiento y deberá instalarse dentro de los tres (3) meses siguientes a la entrada en vigencia de la presente ley, en articulación con lo establecido en el Plan Especial de Salvaguardia del Paisaje Cultural Vichero/Bichero. 

PARÁGRAFO TERCERO. El Gobierno Nacional en un término de doce (12) meses, contados a partir de la entrada en vigencia de la presente ley, en coordinación con el Comité Interinstitucional del Viche/Biche, reglamentará las disposiciones de la presente ley, siempre y cuando no se consagre un término diferente. 

De igual manera, las recomendaciones del Comité Interinstitucional del Viche/Biche serán vinculantes para el ejercicio de todas las facultades reglamentarias otorgadas en la presente ley. 

En ningún caso los requisitos creados a partir de la reglamentación de la presente ley podrán equipar los requisitos exigidos para producción artesanal y la producción industrial de este tipo de bebidas. 



Colombia Art. 6 Se reconoce, impulsa y protege el Viche/Biche y sus derivados como bebidas ancestrales, artesanales, tradicionales y patrimonio colectivo de las comunidades negras afrocolombianas de la costa del pacífico colombiano y se dictan otras disposiciones
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Hola. Como el Art 227 no hace observación alguna sobre un mínimo para hacer el pago, si el empleado devenga un salario mínimo mensual, igualmente aplica el pago de las 2/3 partes los 90 días primeros y el 50% del segundo trimestre?




El arrendador está en la obligación de tener el bien inmueble en óptimas condiciones uso y goce , debe hacer mantenimiento de los canales de agua lluvia de la vivienda.

Lo podrá hacer el arrendatario de manera oficiosa y hacer el decuento del costo de mantenimiento al valor que paga periodicamente como canon de arrendamiento, o también podrá incurrir en la terminación unilateral del contrato. (tambíen depende que se haya estipulado en el contrato de arrendamiento)



¿Puede una empresa bajar el salario en el mismo cargo por reubicación laboral?



Aunque la ley indica que un progenitor que no cumpla con el pago de los alimentos, no será escuchado para reclamar ningún derecho sobre su hijo(a), es necesario aclarar que la entidad competente que conozca un caso en el que el padre o madre deudora, desee ver a sus hijos, deberá analizar detenidamente cada situación, con el fin de que se garanticen todos los derechos fundamentales que tienen los niños y niñas. Pues las visitas son a veces la única forma en la que el menor puede ejercer su derecho a tener una familia. Recordemos que en el tema de infancia y adolescencia, siempre debe prevalecer el derecho de los niños y niñas.


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