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Se reglamenta la profesión del Ingeniero Naval y profesiones afines en el territorio nacional Artículo 18 Colombia


Se reglamenta la profesión del Ingeniero Naval y profesiones afines en el territorio nacional
Artículo 18.

Para la correcta interpretación de las normas anteriores no debe entenderse que se permite todo cuanto no se prohíbe expresamente, considerando que son normas generales que tienden a evitar fallas contra la moral profesional.

Cuando se presenten situaciones no contempladas en las normas anteriores, deberán ser resueltas por los Consejos Profesionales de la respectiva Especialidad, siempre y cuando sean de su competencia.

Colombia Art. 18 Se reglamenta la profesión del Ingeniero Naval y profesiones afines en el territorio nacional
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Cómo se establece, determina o contabiliza un plazo o un término de 48 horas?



Hola. Como el Art 227 no hace observación alguna sobre un mínimo para hacer el pago, si el empleado devenga un salario mínimo mensual, igualmente aplica el pago de las 2/3 partes los 90 días primeros y el 50% del segundo trimestre?




El arrendador está en la obligación de tener el bien inmueble en óptimas condiciones uso y goce , debe hacer mantenimiento de los canales de agua lluvia de la vivienda.

Lo podrá hacer el arrendatario de manera oficiosa y hacer el decuento del costo de mantenimiento al valor que paga periodicamente como canon de arrendamiento, o también podrá incurrir en la terminación unilateral del contrato. (tambíen depende que se haya estipulado en el contrato de arrendamiento)



¿Puede una empresa bajar el salario en el mismo cargo por reubicación laboral?



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