Código Civil Artículo 794 Colombia
Código Civil
Artículo 794. Propiedad fiduciaria
Se llama propiedad fiduciaria la que está sujeta al gravamen de pasar a otra persona por el hecho de verificarse una condición. La constitución de la propiedad fiduciaria se llama fideicomiso. Este nombre se da también a la cosa constituida en propiedad fiduciaria. La traslación de la propiedad a la persona en cuyo favor se ha constituido el fideicomiso, se llama restitución.
Colombia Art. 794 CC
Mejores juristas





En general no es posible que solo uno de los beneficiarios firme la restitución de los bienes fideicomitidos, a menos que el contrato de fiducia establezca expresamente esta posibilidad o se otorgue un poder para esto. Cuando el contrato de fiducia mercantil no especifica cómo deben actuar los beneficiarios en la restitución, el fiduciario debe cumplir con interpretar las obligaciones y objetivos generales del contrato y garantizar que la restitución se realice conforme a la finalidad del negocio fiduciario.
Email: temasdeley@gmail.com
WhatsApp: 573166406899
ATENDEMOS A NIVEL NACIONAL WhatsApp 3166406899 Civil, familia, laboral, penal, propiedad horizontal...
Cuando se cumple la condición de una fiducia civil y los beneficiarios son tres personas, solo una de ellas puede firmar la restitución???
Para aportar un vehículo a un patrimonio autónomo como efecto de un contrato de fiducia, recordemos que el artículo 47 de la Ley 769 de 2002 establece que la afectación al dominio de los vehículos automotores requiere la inscripción en el organismo de tránsito correspondiente. Esta inscripción es necesaria para que cualquier acto que afecte el dominio, como una fiducia, surta efectos ante las autoridades y terceros. El Registro Nacional Automotor es el encargado de llevar el registro de todos los actos que afecten la propiedad de los vehículos, incluyendo adjudicaciones, modificaciones, limitaciones, gravámenes, medidas cautelares, traslaciones o extinciones del dominio, y otros derechos reales, principales o accesorios.
Email: temasdeley@gmail.com
WhatsApp: 573166406899
ATENDEMOS A NIVEL NACIONAL WhatsApp 3166406899 Civil, familia, laboral, penal, propiedad horizontal...
Si se realiza el fideicomiso de una propiedad y existe un hijo por fuera del matrimonio, este tiene derecho a reclamar su parte de la propiedad? o el bien que este bajo esta figura queda solo para las personas que se incluyeron en el fideicomiso?
Cuando se realiza un fideicomiso civil, que implique transferir la propiedad fiduciaria a título gratuito, esto se entiende legalmente como una donación. Por tal motivo debe cumplirse con la correspondiente insinuación que ordenan el artículo 1458 del código civil y el decreto 1712 de 1989. De lo contrario dicho fideicomiso podría declararse nulo.
Email: temasdeley@gmail.com
WhatsApp: 573166406899
ATENDEMOS A NIVEL NACIONAL WhatsApp 3166406899 Civil, familia, laboral, penal, propiedad horizontal...
Los bienes incluidos en una fiducia si son embargables, esto en atención a lo que indica el artículo 594 del cód general del proceso, no obstante hay que tener en cuenta que son embargables por deudas de quien sea el propietario en su momento.
Email: temasdeley@gmail.com
WhatsApp: 573166406899
ATENDEMOS A NIVEL NACIONAL WhatsApp 3166406899 Civil, familia, laboral, penal, propiedad horizontal...
Depende en cabeza de quién esté, si todavía no se traspasó el dominio y se mantiene como una mera expectativa, no podría ser embargable por obvias razones, pero en cabeza de quién esté si podrá ser embargable. Más claramente, si el padre constituye un fideicomiso sobre una casa, ahí es embargable, si ya el bien está bajo la tutela del fiduciario todavía puede ser embargable, pero si el destinatario es el hijo, será el fideicomisario, y la casa aún no se le transfiere en su dominio por no cumplirse la condición, no podrán embargarla por una deuda a su nombre, ya que la casa no es de su propiedad aún.
Buenas tardes:
Quisiera saber si el inmueble que está sometido por la modalidad de fideicomiso, es embargable?, en qué casos son y no son embargables...
si una empresa ,para inslventarse traslada sus aCTIVOS A UNA FIDUCIA, PUEDE EMBARGARSE EJECUTIVAMENTE?
Publique la información de sí mismo
- Eso es gratís
- La información acerca de 5 mejores juristas está en todas las páginas del sitio
- Este anuncio ven màs de 10 000 visitantes al día
- Para aumentar su rating Usted necesito responder a las preguntas de los usuarios