< Código Procesal Del Trabajo y De La Seguridad Social

CPTSS Artículo 209 Colombia


Código Procesal Del Trabajo y De La Seguridad Social
Artículo 209. Práctica de la notificación personal electrónica

Las notificaciones que deban hacerse personalmente podrán efectuarse con el envío de la providencia respectiva como mensaje de datos a la dirección electrónica o sitio que suministre el interesado en que se realice la notificación, sin necesidad del envío de previa citación física o virtual. Los anexos que deban entregarse para un traslado se enviarán por el mismo medio.

El interesado afirmará bajo la gravedad del juramento, que se entenderá prestado con la presentación de la demanda, que la dirección electrónica o sitio suministrado corresponde al utilizado por la persona a notificar, para lo cual informará la forma como la obtuvo y allegará las evidencias correspondientes.

La notificación personal se entenderá realizada una vez transcurridos dos (2) días hábiles siguientes al envío del mensaje y los términos empezarán a contarse a partir del día siguiente cuando el iniciador recepcione, acuse de recibo o se pueda por otro medio constatar la entrega del mensaje al destinario, para lo cual se podrán implementar o utilizar sistemas de confirmación del recibo de los correos electrónicos o mensajes de datos. El secretario hará constar este hecho en el expediente.

De las notificaciones realizadas electrónicamente se conservarán los registros para consulta permanente en línea por cualquier interesado.

Cuando exista discrepancia sobre la forma en que se practicó la notificación, la parte que se considere afectada al solicitar la declaratoria de nulidad de lo actuado deberá manifestar bajo la gravedad del juramento, que no se enteró de la providencia.

Parágrafo 1°. Las entidades públicas de todos los niveles, las privadas que cumplan funciones públicas, el Ministerio Público y la Agencia Nacional de Defensa Jurídica del Estado, se notificarán mediante mensaje de datos al buzón electrónico para recibir notificaciones judiciales en los términos del artículo 197 del Código de Procedimiento Administrativo y de lo Contencioso Administrativo o las normas que lo reglamenten.

Parágrafo 2°. En los procesos que se tramiten ante esta jurisdicción en los que estén involucrados intereses litigiosos de La Nación, en los términos del artículo 2° del Decreto Ley 4085 de 2011 o la norma que lo sustituya, deberá remitirse copia electrónica del auto admisorio o mandamiento ejecutivo, en conjunto con la demanda y sus anexos, al buzón de correo electrónico de la Agencia Nacional de Defensa Jurídica del Estado. Esta comunicación no genera su vinculación como sujeto procesal, sin perjuicio de la facultad de intervención prevista en la ley. En la misma forma se le remitirá copia de la providencia que termina el proceso por cualquier causa y de las sentencias.

Parágrafo 3°. La autoridad judicial, de oficio o a petición de parte, podrá solicitar información de las direcciones electrónicas o físicas de la parte por notificar que estén alojadas en los registros de las cámaras de comercio, superintendencias, entidades públicas o privadas, o utilizar aquellas que estén informadas en páginas web o en redes sociales.



Colombia Art. 209 CPT, CPTS
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Si tengo una acta de SST que dice que laboro de lunes a viernes con 42 horas, y me incluyen los sabados y domingos como dias de vacaciones. Y me programan 46 horas sin almuerzo, Puedo usar la renuncia indirecta o motivada, y obtener una indemnizacion?

Gracias.



Si mi cargo es RAC Telefonico, me pueden cambiar funciones a los que ejerce alguien de eficacia operativa? Tareas de back office con excel algo que no por lo que me contrataron?

Tambien me cambiaron a esta nueva campaña y mis compañeros tiene un salario superior al mio, pero tienen en mismo cargo de RAC Telefonico.



El tiempo de la licencia remunerada por calamidad doméstica no está definido de manera fija en la ley. El periodo de la licencia debe ser razonable y dependerá de las circunstancias específicas del caso. Esto implica que el empleador y el trabajador deben acordar el tiempo necesario para atender la calamidad, teniendo en cuenta la gravedad de la situación y el impacto en las actividades laborales. Para esto, se recomienda incluir en la solicitud, una argumentación acerca de la necesidad de la presencia en el hogar por parte del trabajador, que nace tras la calamidad. Así el empleador podrá tener más criterios para decidir.


Email: temasdeley@gmail.com

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ATENDEMOS A NIVEL NACIONAL WhatsApp 3166406899 Civil, familia, laboral, penal, propiedad horizontal...



buendia, me gustaria saber como puedo solicitar una licencia por una calamidad domestica, mi esposa tubo un accidente y se fracturo los dos brazos y los tiene enyesados, eso es causa para solictar licencia remunerada y cuanto tiempo tengo derecho.



Los artículos 12, 14, 15 y siguientes de la Ley 2365 de 2024 establecen que las entidades estatales, al igual que los empleadores y contratantes del sector privado, tienen la obligación de tramitar las quejas sobre acoso sexual en el contexto de su entidad o empresa y adoptar medidas necesarias para el restablecimiento de derechos de las víctimas. Esto incluye garantizar el debido proceso en todas las actuaciones administrativas relacionadas con estas quejas. // El artículo 20 de la Ley 2365 de 2024 regula algo del trámite especial para los contratos de prestación de servicios suscritos con entidades sometidas al Estatuto General de Contratación de la Administración Pública. Este trámite incluye la previa incorporación de la definición de acoso sexual en los reglamentos, el establecimiento de procedimientos para la queja, investigación y atención de los casos, y la imposición de sanciones descritas en la Ley 1010 de 2006, la Ley 1257 de 2008 y demás complementarias. // En este sentido, mientras no sale un procedimiento de orden nacional, las entidades a nivel local deben implementarlo con base en la normatividad existente. Si no se ha realizado dicho reglamento, se puede solicitar por escrito cómo proceder internamente a través de un derecho de petición.


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