Código Procesal Del Trabajo y De La Seguridad Social (CPTSS) Colombia
Código Procesal Del Trabajo y De La Seguridad Social
- Artículo 1o. Aplicación de este código
- Artículo 2o. Libertad procesal
- Artículo 3o. Dirección del proceso
- Artículo 4o. Lealtad procesal
- Artículo 5o. Inmediación
- Artículo 6o. Fallo extra y ultra petita
- LIBRO PRIMERO
SUJETOS PROCESALES
SECCIÓN PRIMERA
ÓRGANOS JUDICIALES Y AUXILIARES DE JUSTICIA
TÍTULO PRIMERO
JURISDICCIÓN Y COMPETENCIA
CAPÍTULO I
COMPETENCIA
- Artículo 7o. Competencia general
- Artículo 8o. Exclusión de los conflictos de intereses o económicos del trabajo
- Artículo 9o. Competencia territorial
- Artículo 10. Competencia por razón del lugar
- Artículo 11. Reclamación de derechos
- Artículo 12. Competencia en los procesos en donde son parte las entidades del sistema de seguridad social integral
- Artículo 13. Competencia por razón de la cuantía
- Artículo 14. Competencia en asuntos sin cuantía y en razón de la naturaleza de la pretensión
- Artículo 15. Pluralidad de jueces competentes
- Artículo 16. Competencia de la Sala de Casación Laboral de la Corte Suprema de Justicia y de las salas laborales de los tribunales superiores del distrito judicial, de los jueces laborales del circuito y de los jueces laborales municipales
- Artículo 17. Prorrogabilidad e improrrogabilidad de la jurisdicción y la competencia
- CAPITULO II
MINISTERIO PÚBLICO Y LA AGENCIA NACIONAL DE DEFENSA JURÍDICA DEL ESTADO
- Artículo 18. Intervención del Ministerio Público y la Agencia Nacional de Defensa Jurídica del Estado
- CAPÍTULO III
CONCILIACIÓN
- Artículo 19. Conciliación
- Artículo 20. Conciliación antes del proceso
- Artículo 21. Asuntos conciliables
- TÍTULO SEGUNDO
COMISIÓN
- Artículo 22. Reglas generales
- Artículo 23. Competencia
- Artículo 24. Otorgamiento y práctica de la comisión
- Artículo 25. Poderes del comisionado
- Artículo 26. Comisión en el exterior
- TÍTULO TERCERO
DEBERES Y PODERES DEL JUEZ
- Artículo 27. Poderes correccionales del juez
- Artículo 28. Deberes del juez
- Artículo 29. Poderes de ordenación e instrucción
- Artículo 30. Rechazo de plano
- TÍTULO CUARTO
AUXILIARES DE LA JUSTICIA
- Artículo 31. Naturaleza de los cargos
- Artículo 32. Exclusión de la lista
- Artículo 33. Designación
- Artículo 34. Comunicación del nombramiento, aceptación del cargo y relevo del auxiliar de la justicia
- Artículo 35. Custodia de bienes y dineros
- Artículo 36. Funciones del secuestre
- Artículo 37. Designación
- SECCIÓN SEGUNDA
PARTES, REPRESENTANTES Y APODERADOS
TÍTULO ÚNICO
PARTES, TERCEROS Y APODERADOS
CAPÍTULO I
REPRESENTACIÓN JUDICIAL
- Artículo 38. Capacidad para ser parte
- Artículo 39. Comparecencia al proceso
- Artículo 40. Funciones y facultades del curador ad litem
- Artículo 41. Agencia oficiosa procesal
- Artículo 42. Representación de personas jurídicas extranjeras
- Artículo 43. Representación agencias y sucursales de sociedades nacionales
- CAPÍTULO II
LITISCONSORTES Y OTRAS PARTES
- Artículo 44. Litisconsortes facultativos
- Artículo 45. Litisconsorcio necesario e integración del contradictorio
- Artículo 46. Litisconsortes cuasinecesarios
- Artículo 47. Intervención excluyente
- Artículo 48. Llamamiento en garantía
- Artículo 49. Requisitos del llamamiento
- Artículo 50. Trámite
- Artículo 51. Sucesión procesal
- CAPÍTULO III
TERCEROS
- Artículo 52. Coadyuvancia
- Artículo 53. Llamamiento de oficio
- CAPÍTULO IV
APODERADOS
- Artículo 54. Requisitos del poder y facultades del apoderado
- Artículo 55. Designación y sustitución de apoderados
- Artículo 56. Terminación del poder
- CAPÍTULO V
DEBERES Y RESPONSABILIDADES DE LAS PARTES Y SUS APODERADOS
- Artículo 57. Deberes de las partes y sus apoderados
- Artículo 58. Temeridad o mala fe
- Artículo 59. Responsabilidad patrimonial de las partes
- Artículo 60. Responsabilidad patrimonial de apoderados y poderdantes
- LIBRO SEGUNDO
ACTOS PROCESALES
SECCIÓN PRIMERA
OBJETO DEL PROCESO
TÍTULO ÚNICO
DEMANDA Y CONTESTACIÓN
CAPÍTULO 1
DEMANDA
- Artículo 61. Forma y requisitos de la demanda
- Artículo 62. Acumulación de pretensiones
- Artículo 63. Anexos de la demanda
- Artículo 64. Personas contra las cuales se dirige la demanda
- Artículo 65. Demanda contra herederos determinados e indeterminados, demás administradores de la herencia y el cónyuge
- Artículo 66. Admisión, inadmisión y rechazo de la demanda
- Artículo 67. Retiro de la demanda
- Artículo 68. Reforma de la demanda
- CAPÍTULO II
CONTESTACIÓN
- Artículo 69. Forma y requisitos de la contestación de la demanda
- Artículo 70. Allanamiento a la demanda
- Artículo 71. Ineficacia del allanamiento
- Artículo 72. Procedimiento en caso de contumacia
- CAPÍTULO III
EXCEPCIONES
- Artículo 73. Excepciones previas
- Artículo 74. Oportunidad y trámite de las medidas de depuración o saneamiento
- Artículo 75. Inoponibilidad posterior de los mismos hechos
- SECCIÓN SEGUNDA
REGLAS GENERALES DE PROCEDIMIENTO
TÍTULO ÚNICO
ACTUACIÓN
CAPÍTULO I
DISPOSICIONES VARIAS
- Artículo 76. Uso de las tecnologías de la información y de las comunicaciones
- Artículo 77. Presunción de autenticidad de las comunicaciones
- Artículo 78. Firmas
- Artículo 79. Idioma
- Artículo 80. Declaración con intérprete
- Artículo 81. Presentación y trámite de memoriales y comunicaciones
- Artículo 82. Traslados
- CAPÍTULO II
COPIAS, CERTIFICACIONES Y DESGLOSES
- Artículo 83. Copias de actuaciones judiciales
- Artículo 84. Certificaciones
- Artículo 85. Desgloses
- CAPÍTULO III
RECONSTRUCCIÓN DE EXPEDIENTES
- Artículo 86. Trámite para la reconstrucción
- Artículo 87. Formación y archivo de los expedientes
- Artículo 88. Examen de los expedientes
- CAPÍTULO IV
INCIDENTES
- Artículo 89. Proposición y trámite de incidentes
- Artículo 90. Intervención en incidentes o para trámites especiales
- Artículo 91. Irreversibilidad del proceso
- CAPÍTULO V
NULIDADES
- Artículo 92. Causales de nulidad
- Artículo 93. Oportunidad y trámite de las nulidades
- Artículo 94. Requisitos para alegar la nulidad
- Artículo 95. Efectos de la declaración de falta de jurisdicción o competencia y de la nulidad declarada
- Artículo 96. Saneamiento de la nulidad
- CAPÍTULO VI
CONFLICTOS DE COMPETENCIA, IMPEDIMENTOS Y RECUSACIONES, ACUMULACIÓN DE PROCESOS, AMPARO DE POBREZA, INTERRUPCIÓN Y SUSPENSIÓN DEL PROCESO
- Artículo 97. Conflictos de competencia y trámite
- CAPÍTULO VII
IMPEDIMENTOS Y RECUSACIONES
- Artículo 98. Declaración de impedimentos
- Artículo 99. Causales de recusación
- Artículo 100. Oportunidad y procedencia de la recusación
- Artículo 101. Formulación y trámite de la recusación
- Artículo 102. Juez o magistrado que debe reemplazar al impedido o recusado
- Artículo 103. Suspensión del proceso por impedimento o recusación
- Artículo 104. Impedimentos y recusaciones de los secretarios
- Artículo 105. Sanciones al recusante
- CAPÍTULO VIII
ACUMULACIÓN DE PROCESOS Y DEMANDAS
- Artículo 106. Procedencia de la acumulación en los procesos declarativos
- Artículo 107. Competencia
- Artículo 108. Trámite
- CAPÍTULO IX
AMPARO DE POBREZA
- Artículo 109. Procedencia
- Artículo 110. Oportunidad, competencia y requisitos
- Artículo 111. Trámite
- Artículo 112. Efectos
- Artículo 113. Remuneración del apoderado
- Artículo 114. Facultades y responsabilidad del apoderado
- Artículo 115. Remuneración de auxiliares de la justicia
- Artículo 116. Terminación del amparo
- CAPÍTULO X
INTERRUPCIÓN Y SUSPENSIÓN DEL PROCESO
- Artículo 117. Causales de interrupción
- Artículo 118. Citaciones
- Artículo 119. Suspensión del proceso
- Artículo 120. Decreto de la suspensión y sus efectos
- Artículo 121. Reanudación del proceso
- CAPÍTULO XI
AUDIENCIAS
- Artículo 122. Protocolo
- Artículo 123. Oralidad y publicidad
- Artículo 124. Clases de audiencias
- Artículo 125. Señalamiento de audiencias
- Artículo 126. Actas y grabación de audiencias
- SECCIÓN TERCERA
RÉGIMEN PROBATORIO
TÍTULO ÚNICO
ACTUACIÓN
CAPÍTULO I
DISPOSICIONES GENERALES
- Artículo 127. Necesidad de la prueba
- Artículo 128. Carga dinámica de la prueba
- Artículo 129. Presunciones establecidas por la ley
- Artículo 130. Medios de prueba
- Artículo 131. Oportunidades probatorias
- Artículo 132. Pruebas de oficio
- Artículo 133. Libre formación del convencimiento
- Artículo 134. Prueba de las normas jurídicas
- CAPÍTULO III
PRUEBAS TRASLADADAS Y EXTRAPROCESALES
- Artículo 135. Prueba trasladada y prueba extraprocesal
- CAPÍTULO IV
INTERROGATORIO DE PARTE Y CONFESIÓN
- Artículo 136. Requisitos de la confesión
- Artículo 137. Confesión de litisconsorte
- Artículo 138. Confesión por apoderado judicial
- Artículo 139. Indivisibilidad de la confesión
- Artículo 140. Infirmación de la confesión
- Artículo 141. Interrogatorio de las partes
- Artículo 142. Reglas del interrogatorio de las partes
- Artículo 143. Práctica del interrogatorio
- Artículo 144. Declaraciones de los representantes de personas jurídicas de derecho público
- CAPÍTULO V
DECLARACIÓN DE TERCEROS
- Artículo 145. Deber de testimoniar
- Artículo 146. Excepciones al deber de testimoniar
- Artículo 147. Inhabilidades para testimoniar
- Artículo 148. Imparcialidad del testigo
- Artículo 149. Petición de la prueba
- Artículo 150. Testimonio en el despacho del testigo
- Artículo 151. Testimonio de agentes diplomáticos y de sus dependientes
- Artículo 152. Citación de los testigos
- Artículo 153. Efectos de la inasistencia del testigo
- Artículo 154. Requisitos de la declaración de terceros
- Artículo 155. Formalidades de la declaración de terceros
- Artículo 156. Práctica de la declaración de terceros
- Artículo 157. Ratificación de las declaraciones recibidas fuera del proceso
- CAPÍTULO VI
DICTAMEN PERICIAL
- Artículo 158. Procedencia
- Artículo 159. Dictamen aportado por una de las partes
- Artículo 160. Contradicción del dictamen
- Artículo 161. Disposiciones del juez respecto de la prueba pericial
- Artículo 162. Dictamen decretado de oficio
- Artículo 163. Práctica y contradicción del dictamen decretado de oficio
- Artículo 164. Solicitud del dictamen
- Artículo 165. Apreciación del dictamen
- Artículo 166. Deber de colaboración de las partes
- Artículo 167. El dictamen pericial de entidades y dependencias oficiales
- Artículo 168. Imparcialidad del perito
- CAPÍTULO VII
INSPECCIÓN JUDICIAL
- Artículo 169. Procedencia de la inspección
- Artículo 170. Solicitud y decreto de la inspección
- Artículo 171. Práctica de la inspección
- Artículo 172. Inspección de bienes muebles o documentos
- CAPÍTULO VIII
INDICIOS
- Artículo 173. Requisitos de los indicios
- CAPÍTULO IX
DOCUMENTOS
- Artículo 174. Clases de documentos
- Artículo 175. Documento auténtico
- Artículo 176. Aportación, indivisibilidad y alcance probatorio de los documentos
- Artículo 177. Valor probatorio de las copias
- Artículo 178. Valoración de mensajes de datos
- Artículo 179. Copias registradas
- Artículo 180. Documentos en idioma extranjero y otorgados en el extranjero
- Artículo 181. Documentos rotos o alterados
- Artículo 182. Documentos que requieren solemnidad para la existencia o validez de un acto o contrato
- Artículo 183. Alcance probatorio
- Artículo 184. Instrumento público defectuoso
- Artículo 185. Alcance probatorio de los documentos privados
- Artículo 186. Documentos declarativos emanados de terceros
- Artículo 187. Documentos sin firma, firmados en blanco o con espacios sin llenar
- Artículo 188. Libros y papeles de comercio
- Artículo 189. Procedencia de la exhibición
- Artículo 190. Trámite de la exhibición
- Artículo 191. Renuencia y oposición a la exhibición
- Artículo 192. Procedencia de la tacha de falsedad
- Artículo 193. Trámite de la tacha
- Artículo 194. Efectos de la declaración de falsedad
- Artículo 195. Desconocimiento del documento
- Artículo 196. Cotejo de letras o firmas
- Artículo 197. Sanciones al impugnante vencido
- CAPÍTULO X
PRUEBA POR INFORME
- Artículo 198. Procedencia
- Artículo 199. Obligación de quien rinde el informe
- Artículo 200. Facultades de las partes
- SECCIÓN CUARTA
PROVIDENCIAS DEL JUEZ, SU NOTIFICACIÓN Y SUS EFECTOS
TÍTULO PRIMERO
PROVIDENCIAS DEL JUEZ
CAPÍTULO I
AUTOS Y SENTENCIAS
- Artículo 201. Clases de providencias
- Artículo 202. Formalidades
- Artículo 203. Contenido de la sentencia
- CAPÍTULO II
CONDENA EN CONCRETO
- Artículo 204. Condena en concreto
- CAPÍTULO III
ACLARACIÓN, CORRECCIÓN Y ADICIÓN DE LAS PROVIDENCIAS
- Artículo 205. Aclaración de providencias
- Artículo 206. Corrección de errores aritméticos y otros
- Artículo 207. Adición de providencias
- TÍTULO SEGUNDO
NOTIFICACIONES
- Artículo 208. Notificación de las providencias
- Artículo 209. Práctica de la notificación personal electrónica
- Artículo 210. Aviso
- Artículo 211. Práctica de la notificación personal por medios físicos
- Artículo 212. Notificación por conducta concluyente
- Artículo 213. Emplazamiento del demandado y designación de curador ad litem
- TÍTULO TERCERO
EFECTO Y EJECUCIÓN DE LAS PROVIDENCIAS
CAPÍTULO I
EJECUTORIA Y COSA JUZGADA
- Artículo 214. Ejecutoria
- Artículo 215. Cosa juzgada
- CAPÍTULO II
EJECUCIÓN DE LAS PROVIDENCIAS JUDICIALES
- Artículo 216. Podrá exigirse la ejecución de las providencias una vez...
- Artículo 217. Ejecución
- Artículo 218. Ejecución de providencias
- Artículo 219. Entrega de bienes
- Artículo 220. Oposiciones a la entrega
- SECCIÓN QUINTA
TERMINACIÓN ANORMAL DEL PROCESO
TÍTULO ÚNICO
FORMAS DE TERMINACIÓN ANORMAL DEL PROCESO
CAPÍTULO I
TRANSACCIÓN
- Artículo 221. Trámite
- Artículo 222. Transacción por entidades públicas
- CAPÍTULO II
DESISTIMIENTO
- Artículo 223. Desistimiento de las pretensiones
- Artículo 224. Quiénes no pueden desistir de las pretensiones
- Artículo 225. Desistimiento de ciertos actos procesales
- SECCIÓN SEXTA
MEDIOS DE IMPUGNACIÓN
TÍTULO ÚNICO
MEDIOS DE IMPUGNACIÓN
CAPÍTULO I
MEDIOS DE IMPUGNACIÓN
- Artículo 226. Medios de impugnación
- CAPÍTULO II
RECURSO DE REPOSICIÓN
- Artículo 227. Recurso de reposición
- CAPÍTULO III
RECURSO DE APELACIÓN
- Artículo 228. Procedencia del recurso de apelación
- Artículo 229. Efectos en que se concede la apelación
- Artículo 230. Oportunidad y requisitos
- CAPÍTULO IV
GRADO JURISDICCIONAL DE CONSULTA
- Artículo 231. Procedencia de la consulta
- CAPÍTULO V
RECURSO DE QUEJA
- Artículo 232. Procedencia del recurso de queja
- CAPÍTULO VI
RECURSO EXTRAORDINARIO DE REVISIÓN
- Artículo 233. Procedencia
- Artículo 234. Competencia
- Artículo 235. Causales de revisión
- Artículo 236. Término para interponer el recurso
- Artículo 237. Formulación del recurso
- Artículo 238. Trámite
- CAPÍTULO VII
CASACIÓN
- Artículo 239. Sentencias susceptibles del recurso
- Artículo 240. Trámite para la selección de las sentencias remitidas por los Tribunales
- Artículo 241. Causales o motivos del recurso
- Artículo 242. Selección en el trámite del recurso de casación
- Artículo 243. Interposición, concesión y sustentación del recurso
- Artículo 244. Requisitos de la demanda de casación
- Artículo 245. Planteamiento de la casación
- Artículo 246. Justiprecio del interés económico para recurrir y concesión del recurso
- Artículo 247. Trámite del recurso
- Artículo 248. Audiencia
- Artículo 249. Decisión del recurso de casación
- Artículo 250. Acumulación de fallos
- CAPÍTULO VIII
ANULACIÓN
- Artículo 251. Recurso de anulación
- Artículo 252. Trámite
- Artículo 253. Recurso de anulación en conflictos de intereses
- Artículo 254. Trámite
- LIBRO TERCERO
LOS PROCESOS
SECCIÓN PRIMERA PROCESO ORDINARIO
TÍTULO ÚNICO
INSTANCIAS
CAPÍTULO I
PRIMERA INSTANCIA
- Artículo 255. Traslado de la demanda
- Artículo 256. Demanda de reconvención
- Artículo 257. Forma y contenido de la demanda de reconvención
- Artículo 258. Audiencia inicial: de conciliación, decisión de excepciones previas, saneamiento, fijación del litigio y decreto de pruebas
- Artículo 259. Audiencia de trámite y juzgamiento
- Artículo 260. Sentencia anticipada
- CAPÍTULO II
SEGUNDA INSTANCIA
- Artículo 261. Trámite segunda instancia
- Artículo 262. Casos en que el superior puede ordenar y practicar pruebas
- Artículo 263. Consideración de pruebas pedidas en tiempo
- Artículo 264. Extensión del trámite del proceso ordinario
- SECCIÓN SEGUNDA
PROCESOS ESPECIALES
TITULO PRIMERO
PROCESO EJECUTIVO
CAPÍTULO ÚNICO
PROCESO EJECUTIVO DEL TRABAJO Y DE LA SEGURIDAD SOCIAL
- Artículo 265. Acciones de cobro por parte de las entidades administradoras del sistema de seguridad social
- Artículo 266. Juez competente en las ejecuciones promovidas por las entidades administradoras del sistema de seguridad social
- Artículo 267. Título ejecutivo
- Artículo 268. Diligencias previas
- Artículo 269. Obligaciones de dar y hacer
- Artículo 270. Obligaciones de no hacer
- Artículo 271. Medidas cautelares, embargo y secuestro
- Artículo 272. Derecho de terceros
- Artículo 273. Orden de ejecución
- Artículo 274. Prescripción de la acción ejecutiva
- Artículo 275. Excepciones
- Artículo 276. Notificación
- Artículo 277. Continuidad del proceso ejecutivo
- Artículo 278. Liquidación del crédito y costas
- Artículo 279. Avalúo y pago con productos
- Artículo 280. Remate
- Artículo 281. Cartelera electrónica de remate
- Artículo 282. Diligencia de remate
- Artículo 283. Consignación de saldos
- Artículo 284. Aprobación del remate
- Artículo 285. Créditos laborales en procesos de insolvencia empresarial
- TÍTULO SEGUNDO
PROCESO MONITORIO
CAPÍTULO ÚNICO
PROCESO MONITORIO DEL TRABAJO Y LA SEGURIDAD SOCIAL
- Artículo 286. Proceso monitorio del trabajo y la seguridad social
- Artículo 287. Contenido de la demanda
- Artículo 288. Requerimiento de pago
- Artículo 289. Contestación
- Artículo 290. Trámite posterior al requerimiento
- Artículo 291. Medidas cautelares
- TÍTULO TERCERO
PROCESOS DE FUERO
CAPÍTULO I
FUERO SINDICAL
- Artículo 292. Demanda del empleador
- Artículo 293. Demanda del trabajador
- Artículo 294. Traslado y audiencias
- Artículo 295. Inasistencia de las partes
- Artículo 296. Contenido de la sentencia
- Artículo 297. Apelación
- Artículo 298. Prescripción
- Artículo 299. Parte sindical
- CAPÍTULO II
OTROS FUEROS
- Artículo 300. Extensión de procedimiento a los fueros
- TÍTULO CUARTO
PROCESO DE CALIFICACIÓN DE ILEGALIDAD DE LA SUSPENSIÓN, HUELGA O PARO COLECTIVO DE TRABAJO
- Artículo 301. Calificación de la suspensión o paro colectivo del trabajo
- TÍTULO QUINTO
ARBITRAMENTO JURÍDICO
CAPÍTULO ÚNICO
ARBITRAMENTO EN DERECHO EN MATERIA LABORAL Y DE LA SEGURIDAD SOCIAL
- Artículo 302. Procedencia
- Artículo 303. Cláusula compromisoria y compromiso
- Artículo 304. Aplicación supletoria
- Artículo 305. Trámite y audiencia
- Artículo 306. Término para fallar
- Artículo 307. Contenido del laudo de carácter jurídico
- Artículo 308. Notificación
- Artículo 309. Mérito del laudo
- Artículo 310. Existencia de litigio
- Artículo 311. Honorarios y gastos
- Artículo 312. Procedimiento establecido en convenciones colectivas
- TÍTULO SEXTO
OTROS PROCESOS SINDICALES
CAPÍTULO I
CANCELACIÓN DE PERSONERÍAS, DISOLUCIÓN Y LIQUIDACIÓN DE SINDICATOS
- Artículo 313. Cancelación de personerías, disolución y liquidación de sindicatos
- CAPÍTULO II
PROTECCIÓN DE DERECHOS SINDICALES
- Artículo 314. Protección de los Derechos Sindicales
- LIBRO CUARTO
ASPECTOS VARIOS
CAPÍTULO I
MEDIDAS CAUTELARES
- Artículo 315. Medidas cautelares en procesos declarativos
- Artículo 316. Solicitud y decreto
- CAPÍTULO II
PRESCRIPCIÓN
- Artículo 317. Prescripción
- Artículo 318. Interrupción judicial
- Artículo 319. Interrupción del acreedor
- Artículo 320. Interrupción del deudor
- Artículo 321. Suspensión de la prescripción
- Artículo 322. Efectos de la suspensión de la prescripción
- Artículo 323. Renuncia a la prescripción
- CAPÍTULO III
TÉRMINOS
- Artículo 324. Cómputo de términos
- CAPÍTULO IV
CONDENA, LIQUIDACIÓN Y COBRO DE LAS COSTAS
- Artículo 325. Condena en costas
- Artículo 326. Liquidación
- CAPÍTULO V
ANALOGÍA
- Artículo 327. Analogía
- CAPÍTULO VI
OTROS PRINCIPIOS
- Artículo 328. Principio de tutela judicial efectiva
- Artículo 329. Principio de gratuidad
- CAPÍTULO VII
VIGENCIA, TRANSICIÓN Y DEROGATORIAS
- Artículo 330. Vigencia y Régimen de transición
- Artículo 331. Derogatoria
Mejores juristas





Según este art del Cod de Policía y Convivencia Ciudadana, prescribe la medida cuando pasen cinco años desde la fecha en que quedó en firme la decisión. Es decir, desde el momento en el contra la decisión de policía no se puedan interponer más recursos. Recordemos que, para estos casos en concreto, los recursos de reposición y apelación deben interponerse dentro de los diez (10) días hábiles siguientes a la notificación de que se interpuso la medida correctiva. Así las cosas, sólo 10 días hábiles después quedan en firme. Por tanto, no se debe contar la prescripción desde la fecha exacta en que se impuso la medida, sino desde el momento en el que se venció la oportunidad para atacar el acto administrativo mediante dichos recursos. En la práctica implica entonces contar 5 años y dos semanas desde que se impuso el comparendo. Adicional a esto, para los casos que aplique, es necesario sumar las semanas que durante la pandemia estuvieron congelados los términos en Colombia para cualquier efecto, lo que le implica adicionar dichas semanas a la cuenta para ver si aplica la prescripción.
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ATENDEMOS A NIVEL NACIONAL WhatsApp 3166406899 Civil, familia, laboral, penal, propiedad horizontal...
Cordial saludo, podrías brindarme información acerca de:
tengo un comparendo como medida correctiva del año 2017, multa tipo 4. Donde se me indica que debo hacer jornada pedagógica la cual ya realice, control y sanciones me indica que el comparendo nunca le habían iniciado cobro activo ni mucho menos suma de intereses hasta el presente año (2025), realice un derecho de petición, donde no me han dado respuesta. También me indicaron que el inspector quien interpuso el comparendo económico, debía bajarlo del sistema, me acerco a ellos y me dicen que ya no tienen nada que ver, que es control y sanciones proque el comparendo ya estaba en cobro coactivo en la fecha 19/02/2025, en donde tampoco le están dando cumplimiento, ya que el comparendo prescribe a los cinco años, que debo hacer para resolver esta situación, donde de un lado a otro me envían y no resuelven nada, muchas gracias
Como adquiere un heredero las acciones en su fallecimiento
Recordemos que el término de 20 años que se menciona en el numeral 5, fue modificado por la Ley 791 de 2002, que redujo a 10 años el término de todas las prescripciones veintenarias establecidas en el Código Civil.
Email: [email protected]
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Buenos días, en una liquidación definitiva de un empleado que tuvo una licencia no remunerada de 9 días este año, se debe tener encuenta esta licencia para liquidar las cesantías y los intereses de cesantías?
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