CPTSS Artículo 18 Colombia
Código Procesal Del Trabajo y De La Seguridad Social 2025
Artículo 18. Intervención del Ministerio Público y la Agencia Nacional de Defensa Jurídica del Estado
A) El Ministerio Público podrá intervenir, en los procesos que se adelanten ante la jurisdicción del trabajo y de la seguridad social, en defensa del orden jurídico, el patrimonio público, las garantías y derechos fundamentales, individuales o colectivos, de los trabajadores o pensionados y de los sujetos de especial protección constitucional.
Dicha intervención, podrá realizarse a solicitud de las partes intervinientes, o cuando se evidencien posibles vulneraciones de los bienes jurídicos de que trata el numeral 7° del artículo 277 de la Constitución Política. El Ministerio Público intervendrá como sujeto procesal especial con amplias facultades, entre ellas la de interponer recursos, emitir conceptos, solicitar nulidades, pedir, aportar y controvertir pruebas, entre otras garantías procesales.
La actuación del Ministerio Público deberá sujetarse conforme a los parámetros y principios que gobiernan el proceso laboral y de la seguridad social. Para tal efecto, podrá intervenir en los términos señalados en la ley, a partir de la notificación del auto admisorio de la demanda o de la notificación de la providencia por medio de la cual se le vincule al proceso.
B) La Agencia Nacional de Defensa Jurídica del Estado, como unidad administrativa especial, podrá intervenir en la etapa procesal que estime pertinente, conforme las competencias establecidas por la ley, en los procesos que se adelanten ante la jurisdicción del trabajo y de la seguridad social, en cuyos asuntos funjan como parte demandante o demandada, La Nación o los organismos y entidades públicas del orden nacional.
Colombia Art. 18 CPT, CPTS
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El Título VI del Código Penal se denomina "DELITOS CONTRA LA FAMILIA". Dentro de este título, el Capítulo Primero se titula "DE LA VIOLENCIA INTRAFAMILIAR"
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Haciendo referencia al art 210 A, si la persona que denuncia en el momento del supuesto tenia 17 años y 10 meses de edad y llevaron el caso a la FGN porque viene de una escuela de formacion policial donde hay un disciplinario activo sin fallo por violacion al debido proceso contra el supuesto victimario ademas yerros y actuaciones que transgreden sus derechos , ademas en los testimonios las dos victimas y el testigo a pesar de haber tenido 33 dias para declarar existen muchas contradicciones los tres dan versiones diferentes y en la ampliacion de la menor al victimario no le respetaron su derecho a la defensa.Es mas la menor dice que le roso la cara se le recosto en el hombro y le tomo una supuesta foto al rostro que nunca se evidencio porque no hubo cadena de custodia.
La hipoteca sobre un bien ajeno es nula de nulidad absoluta: "...se deduce la consecuencia clara de que la hipoteca sobre bien ajeno no está autorizada por la ley y es nula de nulidad absoluta, porque cae bajo la sanción que corresponde a los contratos a que se refiere el art. 1523 del C. C., y porque, además, la naturaleza jurídica del contrato hipotecario no tolera su celebración sobre cosa ajena sin consentimiento del dueño..." Sentencia CSJ del 25-05 de 1938.
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Así como las redes de energía eléctrica, gas, agua etc, los costos relacionados con la parte de las redes de comunicación que quedan dentro de cada apartamento debe ser asumido por el propietario o arrendatario de la unidad privada, ya que este elemento es considerado un bien privado y no un bien común del conjunto residencial. Consecuentemente, los costos relacionados con las redes del conjunto, son bienes comunes y por lo tanto, su instalación y mantenimiento deben ser sufragados por todos los propietarios como parte de las expensas comunes necesarias.
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la escritura de resciliación de un predio se puede inscribir en la oficina de registros públicos 7 años después de firmada? y sin el conocimiento de una de las partes?
Por esta causa me embargaron las cuentas por predial,
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Se crea el Sistema Nacional de Reforma Agraria y Desarrollo Rural Campesino Artículo 64. Acuerdo para el establecimiento del Fondo de Cooperación de la Alianza del Pacífico Se expide la ley general de educación Artículo 138. Naturaleza y condiciones del establecimiento educativo Convenio Básico de Cooperación Técnica y Científica entre la República de Colombia y la República de Nicaragua Artículo 11. La Nación declara el 24 de mayo como día Nacional del Concejal MunicipalPublique la información de sí mismo
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