CPTSS Artículo 76 Colombia
Código Procesal Del Trabajo y De La Seguridad Social 2025
Artículo 76. Uso de las tecnologías de la información y de las comunicaciones
En el trámite y actuaciones de que conoce la jurisdicción ordinaria en su especialidad laboral y de la seguridad social, se usará la tecnología disponible para la automatización de procesos con el fin de facilitar y agilizar el acceso a la justicia y ampliar su cobertura. En todo caso, se permitirá el uso de medios físicos, cuando no sea posible hacerlo por los canales digitales.
El correo electrónico al cual se remitirán las actuaciones procesales a las partes, sus representantes y apoderados, será el que se haya indicado con la demanda, o en cualquier otro acto del proceso.
Si se desconoce el correo electrónico de alguna de las partes, sus representantes o apoderados, la comunicación y publicidad de las actuaciones se realizará en los términos de este código para las actuaciones adelantadas por medios físicos.
La autoridad judicial, contará con mecanismos que permitan generar, archivar y comunicar mensajes de datos.
Parágrafo 1º. En los eventos en que los sujetos procesales o la autoridad judicial. no cuenten con los medios tecnológicos adecuados, la actuación se adelantará a través de los medios digitales o físicos disponibles, evitando exigir formalidades que no sean estrictamente necesarias, prestando especial atención a la población rural, los grupos étnicos y personas con discapacidad que enfrentan barreras para el acceso a las tecnologías de información y las comunicaciones siempre que medie autorización judicial.
En el expediente se dejará constancia de aquella situación.
Parágrafo 2°. Para el uso de tecnologías de la información y de las comunicaciones en la automatización de procesos, el Consejo Superior de la Judicatura deberá presentar un proyecto de ley que reglamente este aspecto garantizando el respeto por los derechos y garantías del ciudadano.
Colombia Art. 76 CPT, CPTS Ley 2452 de 2025
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La Sentencia T-023 de 2026 indica que una entidad administradora de pensiones no puede exigir a un hijo o hija menor de 18 años que demuestre dependencia económica cuando la ley no establece ese requisito para esa categoría de beneficiario. Exigirlo vulnera el debido proceso administrativo, la seguridad social y el interés superior del menor.
Si se mantiene la nacionalidad colombiana, para conducir legalmente en Colombia durante las visitas debe contar con licencia colombiana vigente. La licencia venezolana sería posible usarla si se ingresa y permanece jurídicamente como extranjero turista o persona en tránsito, lo que no ocurre en la situación de persona ciudadana colombiana que ingresa como tal.
Soy colombiano nacionalisado en Venezuela y resido hace muchos años puedo conducir con la licencia venezolana en colombia cuando voy de paso
A partir de la Ley 2466 de 2025 ya no se cuentan solo los domingos, sino todos los días de descanso obligatorio trabajados, o sea, domingos y festivos. Entonces, si se trabajan 1 o 2 días en el mes, es trabajo ocasional y el trabajador escoge entre descanso compensatorio remunerado o pago en dinero. Si trabaja 3 o más, es habitual y tiene derecho al recargo más el compensatorio por cada día trabajado.
Entonces si se trabajan 2 domingos + 1 festivo = 3 días y 2 domingos + 2 festivos = 4 días: en ambos casos hay trabajo habitual, con recargo y compensatorios. Si un festivo coincide con un domingo, se cuenta una sola vez, sin duplicar el recargo.
El recargo es del 90 % desde el 1 de julio de 2026 y llegará al 100 % desde el 1 de julio de 2027. El compensatorio se regula en los artículos 181 y 183 de este mismo código y se acostumbra descansarlo normalmente en la semana siguiente, pero esto se puede pactar.
La omisión de denuncia depende de quién omite denunciar y del tipo de delito: Si es un particular el art 441 del Cód Penal establece 3 a 8 años de prisión si sin justa causa, conoce y no denuncia inmediatamente alguno de los delitos que dice ese artículo, o sea, no aplica automáticamente a cualquier delito. Si el que omite es un servidor público el 417 impone multa y pérdida del cargo por omitir denunciar una conducta punible que deba investigarse de oficio y si se trata de uno de los delitos del artículo 441, pueden ser de 32 a 72 meses de prisión.
El art 68 permite en general no denunciar contra sí mismo, cónyuge/compañero permanente, determinados familiares y por secreto profesional, aunque existen excepciones importantes cuando se trata de delitos contra niños.
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Se reglamenta el voto de extranjeros residentes Artículo 6o. Convención de las Naciones Unidas contra la Corrupción Artículo 1o. Finalidad Código Procesal Del Trabajo y De La Seguridad Social 2025 Artículo 303. Cláusula compromisoria y compromiso Código de Procedimiento Administrativo y de lo Contencioso Administrativo Artículo 79. Trámite de los recursos y pruebas El servicio de Reclutamiento y Movilización Artículo 33. CostoRecomendados
Código Procesal Del Trabajo y De La Seguridad Social Artículo 74. Traslado de la demanda Código Procesal Del Trabajo y De La Seguridad Social Artículo 73. Grabación de lo actuado y acta Código Procesal Del Trabajo y De La Seguridad Social Artículo 78. Acta de conciliacion Código Procesal Del Trabajo y De La Seguridad Social Artículo 79. Procedimiento para cuando fracase el intento de conciliacion Código Procesal Del Trabajo y De La Seguridad Social Artículo 77. Audiencia obligatoria de conciliación, decisión de excepciones previas, saneamiento y fijación del litigioPublique la información de sí mismo
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