< Convención para Constituir una Organización Internacional de Metrología Legal

Convención para Constituir una Organización Internacional de Metrología Legal Artículo 13 Colombia


Convención para Constituir una Organización Internacional de Metrología Legal
Artículo 13.

El Comité estará compuesto por un representante de cada uno de los Estados miembros de la Organización.

Estos representantes serán designados por el Gobierno de su país.

Deberán ser funcionarios activos del Servicio que se encarga de los instrumentos de medidas o tener funciones oficiales activas en el campo de la metrología legal.

Cesarán de ser miembros del Comité en el momento en que no respondan a las condiciones fijadas en el presente Artículo, en cuyo caso los Gobiernos interesados deberán designar a sus sustitutos.

Los Representantes deberán aportar al Comité su experiencia, consejos y trabajos, pero no comprometerán a su Gobierno ni a su Administración.

Los miembros del Comité formarán participarán por derecho en las reuniones de la Conferencia, con voz consultativa. Podrá tratarse de uno de los delegados de su Gobierno en la Conferencia.

El Presidente podrá invitar a las reuniones del Comité, con voz consultiva, a toda persona cuya participación le pareciere útil.



Colombia Art. 13 Se aprueba la Convención para Constituir una Organización Internacional de Metrología Legal, firmada en París, el 12 de octubre de 1955, modificada en 1968 por enmienda del Artículo XIII conforme a las disposiciones del Artículo XXXIX
Hacer una pregunta en los comentarios
Artículo 1 ...11 12 13 14 15 ...40
Agregar un comentario
Los nuevos comentarios en el sitio web

Buen dia como puedo embargar una empresa, que no tiene nada que embargar, sobre quien podria solicitar ante un juez medida cuatelzar para solicitar embargo o secuestro de bienes?



Este artículo es necesario leerlo desde sus actualizaciones. Así las cosas entre el día 1 y 2 el pago del auxilio económico a la persona trabajadora que se enferma por una razón no laboral, lo hace el empleador (Decreto 2943 de 2013). Del día 3 al 180 la EPS en un 66.6% del salario devengado mensualmente. Del día 181 al 540, el Fondo de Pensiones (Ley 962 de 2005). A partir del 541, la EPS (Ley 1753 de 2015) en un 50% del salario devengado. Nunca ningún % de estos puede ser inferior a un Salario Mínimo Mensual Legal Vigente.


Dirección: CALLE 12 B No. 7-80 y CALLE 135C No. 10-25 (CITA PREVIA)

Email: temasdeley@gmail.com

Sitio web: https://www.linkedin.com/company/abogados-colombia

WhatsApp: 573166406899

facebook.com/abogadoscolombiaun

Atendemos a nivel nacional. TEL 3166406899. Civil, familia, laboral, penal, propiedad horizontal...



  • Buen dia, mi pregunta es en el año 2009 por situacion economica no pude seguir pagando mi plan hogar con Colombia telecomunicaciones (hoy movistar), después que han trascurrido quince años llega una carta de cobro de una empresa de cobranza, mi pregunta es; me pueden cobrar despues de tanto tiempo, la deuda sigue vigente, se les puede poner un derecho de petición. Gracias.


Un concejal que terminó periodo 31 dic 2023 puede ser contratista en el 202r4 en el mismo municipio Que estuvo ejerciendo de concejal



Mi pregunta: Al lado de mi propiedad , mi vecino vendio el principio de construccion que tenia, el nuevo propietario demolio todo para hacer una nueva construcion; mi pregunta el nuevo propietario al demoler todo y empezar de cero , debe de conciliar con los vecinos para poder pegarse de nuestros muros. O, de lo contrario hacer su muro aparte si no hay acuerdo entre los vecinos.Le estare muy agradecido con su respuesta a dicho asunto.



Últimos comentarios

¿Es Usted jurista? ¿Necesito nuevos clientes?
Publique la información de sí mismo

- Eso es gratís

- La información acerca de 5 mejores juristas está en todas las páginas del sitio

- Este anuncio ven màs de 10 000 visitantes al día

- Para aumentar su rating Usted necesito responder a las preguntas de los usuarios

Registrarse