Estatuto de la Agencia Internacional de Energías Renovables Artículo XI Colombia
Estatuto de la Agencia Internacional de Energías Renovables
Artículo XI. La secretaría
A. La Secretaría asistirá a la Asamblea, el Consejo y sus órganos subsidiarios en el ejercicio de sus funciones. Desempeñará las demás funciones que le encomiende el presente Estatuto, así como las que le deleguen la Asamblea o el Consejo.
B. La Secretaría constará de un Director General, que será su órgano rector y director administrativo, y del personal que resulte necesario. El Director General será designado por la Asamblea, previa recomendación del Consejo, para un mandato de cuatro años, renovable una sola vez por otro de la misma duración.
C. El Director General responderá ante la Asamblea y el Consejo, entre otras cosas, del nombramiento del personal, así como de la organización y funcionamiento de la Secretaría. La consideración principal para la contratación del personal y la definición de sus condiciones de empleo será la necesidad de garantizar el máximo nivel de eficiencia, competencia e integridad. Se prestará la debida atención a la importancia de contratar al personal primeramente entre los Estados miembros y con la diversidad geográfica más amplia posible, teniendo particularmente en cuenta una adecuada representación de los países en desarrollo y con el debido énfasis en el equilibrio de género.
En la preparación del presupuesto, las propuestas de contratación se regirán por el principio de que la plantilla deberá mantenerse en el mínimo necesario para el adecuado desempeño de las funciones de la Secretaría.
D. El Director General, o el representante que designe, participará sin derecho a voto en todas las reuniones de la Asamblea y del Consejo.
E. La Secretaría:
1. preparará y presentará al Consejo el proyecto de programa de trabajo y el proyecto de presupuesto de la Agencia;
2. llevará a efecto el programa de trabajo de la Agencia y sus decisiones;
3. preparará y presentará al Consejo el proyecto de memoria anual sobre la actividad de la Agencia y los demás informes que la Asamblea y el Consejo le soliciten;
4. proporcionará asistencia administrativa y técnica a la Asamblea, al Consejo y a sus órganos subsidiarios;
5. facilitará la comunicación entre la Agencia y sus Miembros; e
6. informará sobre su asesoramiento en materia de políticas una vez que lo haya facilitado a los Miembros de la Agencia en virtud del apartado C.2 del Artículo IV y preparará y remitirá a la Asamblea y al Consejo, para cada una de sus sesiones, un informe sobre dicho asesoramiento en materia de políticas. El informe al Consejo incluirá asimismo el asesoramiento en materia de políticas proyectado para la puesta en práctica del programa anual de trabajo.
F. En el desempeño de sus funciones, el Director General y los demás miembros del personal no recabarán ni recibirán instrucciones de ningún Gobierno o de ninguna otra entidad ajena a la Agencia. Se abstendrán de cualquier actuación que pueda afectar a su cometido como funcionarios internacionales responsables solo ante la Asamblea y el Consejo. Todos los miembros respetarán el carácter exclusivamente internacional de las funciones del Director General y de los demás miembros del personal y no intentarán influir en ellos en el desempeño de sus funciones.
Colombia Art. XI Se aprueba el Estatuto de la Agencia Internacional de Energías Renovables (Irena), hecho en Bonn, Alemania, el 26 de enero de 2009
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Si tengo una acta de SST que dice que laboro de lunes a viernes con 42 horas, y me incluyen los sabados y domingos como dias de vacaciones. Y me programan 46 horas sin almuerzo, Puedo usar la renuncia indirecta o motivada, y obtener una indemnizacion?
Gracias.
Si mi cargo es RAC Telefonico, me pueden cambiar funciones a los que ejerce alguien de eficacia operativa? Tareas de back office con excel algo que no por lo que me contrataron?
Tambien me cambiaron a esta nueva campaña y mis compañeros tiene un salario superior al mio, pero tienen en mismo cargo de RAC Telefonico.
El tiempo de la licencia remunerada por calamidad doméstica no está definido de manera fija en la ley. El periodo de la licencia debe ser razonable y dependerá de las circunstancias específicas del caso. Esto implica que el empleador y el trabajador deben acordar el tiempo necesario para atender la calamidad, teniendo en cuenta la gravedad de la situación y el impacto en las actividades laborales. Para esto, se recomienda incluir en la solicitud, una argumentación acerca de la necesidad de la presencia en el hogar por parte del trabajador, que nace tras la calamidad. Así el empleador podrá tener más criterios para decidir.
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buendia, me gustaria saber como puedo solicitar una licencia por una calamidad domestica, mi esposa tubo un accidente y se fracturo los dos brazos y los tiene enyesados, eso es causa para solictar licencia remunerada y cuanto tiempo tengo derecho.
Los artículos 12, 14, 15 y siguientes de la Ley 2365 de 2024 establecen que las entidades estatales, al igual que los empleadores y contratantes del sector privado, tienen la obligación de tramitar las quejas sobre acoso sexual en el contexto de su entidad o empresa y adoptar medidas necesarias para el restablecimiento de derechos de las víctimas. Esto incluye garantizar el debido proceso en todas las actuaciones administrativas relacionadas con estas quejas. // El artículo 20 de la Ley 2365 de 2024 regula algo del trámite especial para los contratos de prestación de servicios suscritos con entidades sometidas al Estatuto General de Contratación de la Administración Pública. Este trámite incluye la previa incorporación de la definición de acoso sexual en los reglamentos, el establecimiento de procedimientos para la queja, investigación y atención de los casos, y la imposición de sanciones descritas en la Ley 1010 de 2006, la Ley 1257 de 2008 y demás complementarias. // En este sentido, mientras no sale un procedimiento de orden nacional, las entidades a nivel local deben implementarlo con base en la normatividad existente. Si no se ha realizado dicho reglamento, se puede solicitar por escrito cómo proceder internamente a través de un derecho de petición.
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