< Patrimonio cultural de la Nación y Monumento Nacional la Casa Museo del Poeta Julio Flórez

Patrimonio cultural de la Nación y Monumento Nacional la Casa Museo del Poeta Julio Flórez Artículo 2o Colombia


Patrimonio cultural de la Nación y Monumento Nacional la Casa Museo del Poeta Julio Flórez
Artículo 2o.

La Nación en cabeza del Ministerio de Cultura, contribuirá con la adecuación, restauración, protección y conservación que demande la declaratoria de monumento nacional de la Casa Museo Julio Flórez, en desarrollo del artículo 15 de la Ley 397 de 1997 Ley General de Cultura.

Colombia Art. 2o Se declara patrimonio cultural de la Nación y Monumento Nacional la Casa Museo del Poeta Julio Flórez en el municipio de Usiacurí, departamento del Atlántico y se dictan otras disposiciones
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Mi pregunta: Al lado de mi propiedad , mi vecino vendio el principio de construccion que tenia, el nuevo propietario demolio todo para hacer una nueva construcion; mi pregunta el nuevo propietario al demoler todo y empezar de cero , debe de conciliar con los vecinos para poder pegarse de nuestros muros. O, de lo contrario hacer su muro aparte si no hay acuerdo entre los vecinos.Le estare muy agradecido con su respuesta a dicho asunto.



Muy buen dia, para tod@s quiero saber cuanto son los términos legales ya que coloque la denuncia en la fiscalia, el 29 febrero 2024 y hasta el dia de hoy no me han llamado y en este momento ya me da lidia para sentarme y pararme, todo lo que pueda hacer para defenderme debo hacerlo parado, espero que me colaboren muy amables..



Cómo se establece, determina o contabiliza un plazo o un término de 48 horas?



Hola. Como el Art 227 no hace observación alguna sobre un mínimo para hacer el pago, si el empleado devenga un salario mínimo mensual, igualmente aplica el pago de las 2/3 partes los 90 días primeros y el 50% del segundo trimestre?




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