< Protocolo de Basilea sobre responsabilidad e indemnización por daños resultantes de los movimientos transfronterizos de desechos peligrosos y su eliminación

Protocolo de Basilea sobre responsabilidad e indemnización por daños resultantes de los movimientos Artículo 20 Colombia


Protocolo de Basilea sobre responsabilidad e indemnización por daños resultantes de los movimientos transfronterizos de desechos peligrosos y su eliminación
Artículo 20. RELACIÓN ENTRE EL PROTOCOLO Y LA LEY DEL TRIBUNAL COMPETENTE

1. Con sujeción a lo dispuesto en el párrafo 2, ninguna disposición del Protocolo podrá interpretarse en el sentido de que limita o menoscaba cualesquiera de los derechos de las personas que han sufrido daños o en el sentido de que limita las disposiciones relativas a la protección o la rehabilitación del medio ambiente que puedan adoptarse con arreglo a la legislación nacional.

2. No podrá presentarse ninguna reclamación de indemnización por daños basados en la responsabilidad objetiva del notificador o del exportador responsable con arreglo al párrafo 1 del artículo 4o, o del importador responsable con arreglo al párrafo 2 del artículo 4o del Protocolo sino de conformidad con el Protocolo.



Colombia Art. 20 Se aprueba el Protocolo de Basilea sobre responsabilidad e indemnización por daños resultantes de los movimientos transfronterizos de desechos peligrosos y su eliminación, concluido en Basilea el diez (10) de diciembre de mil novecientos noventa y nueve (1999)
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Mi pregunta: Al lado de mi propiedad , mi vecino vendio el principio de construccion que tenia, el nuevo propietario demolio todo para hacer una nueva construcion; mi pregunta el nuevo propietario al demoler todo y empezar de cero , debe de conciliar con los vecinos para poder pegarse de nuestros muros. O, de lo contrario hacer su muro aparte si no hay acuerdo entre los vecinos.Le estare muy agradecido con su respuesta a dicho asunto.



Muy buen dia, para tod@s quiero saber cuanto son los términos legales ya que coloque la denuncia en la fiscalia, el 29 febrero 2024 y hasta el dia de hoy no me han llamado y en este momento ya me da lidia para sentarme y pararme, todo lo que pueda hacer para defenderme debo hacerlo parado, espero que me colaboren muy amables..



Cómo se establece, determina o contabiliza un plazo o un término de 48 horas?



Hola. Como el Art 227 no hace observación alguna sobre un mínimo para hacer el pago, si el empleado devenga un salario mínimo mensual, igualmente aplica el pago de las 2/3 partes los 90 días primeros y el 50% del segundo trimestre?




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