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Se crea el Consejo Nacional Agropecuario y Agroindustrial Artículo 4o Colombia


Se crea el Consejo Nacional Agropecuario y Agroindustrial
Artículo 4o. Funciones del consejo

Las funciones del Consejo Nacional Agropecuario y Agroindustrial son las siguientes:

a) Asesorar al Gobierno Nacional en la investigación, análisis, preparación, planificación, formulación, adopción, aplicación y desarrollo de la política agropecuaria y agroindustrial;

b) Conceptuar sobre las líneas generales de la política agropecuaria y agroindustrial; estudiar la programación de la política agropecuaria y agroindustrial a corto, mediano y largo plazo, elaborar un proyecto presupuestal concerniente al sector agropecuario y agroindustrial, proponer alternativas para su mejoramiento; conceptuar sobre la necesidad y conveniencia de las reformas legislativas, evaluar el nivel de preparación de los funcionarios que trabajen en el sector agropecuario y recomendar los programas académicos teóricos que contribuyan a su mejoramiento; establecer un sistema de estímulos y sanciones para estos funcionarios;

c) Examinar la evolución periódica del sector agropecuario y pesquero y cada uno de los subsectores que la integran;

d) Evaluar el grado de bienestar social alcanzado por la población campesina y de pequeños pescaderos y proponer las medidas aconsejables para mejorarlo;

e) Considerar el estado del comercio internacional de bienes agropecuarios y sugerir medidas para incrementar la participación de Colombia en el mismo;

f) Conceptuar sobre los programas de inversión social en el campo que el Estado realice o pretenda realizar;

g) Proponer medidas orientadas al incremento de la productividad física, económica y al mejoramiento del sector agropecuario;

h) Recomendará un plan de modernización que utilice como instrumentos la informática y la cibernética, de tal manera que permita y facilite el entendimiento, la comunicación y la informática entre los diversos sectores del sistema agropecuario;

i) Recomendará un plan de pedagogía de la política agropecuaria para los funcionarios del sistema agropecuario;

j) Fortalecer el grado de coordinación necesario entre todas las instituciones del Estado con el fin de unificar esfuerzos por el desarrollo y crecimiento del sector agropecuario y agroindustrial;

k) Integrar y enlazar las funciones anteriores con los aspectos del sector agroindustrial;

l) Proponer fórmulas de seguridad para el campo y mecanismos para reducir la violencia.

PARÁGRAFO. El Gobierno Nacional proveerá lo necesario para la operación del Consejo Nacional Agropecuario y Agroindustrial, a través de sus agentes respectivos.

Colombia Art. 4o Se crea el Consejo Nacional Agropecuario y Agroindustrial
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Buen dia como puedo embargar una empresa, que no tiene nada que embargar, sobre quien podria solicitar ante un juez medida cuatelzar para solicitar embargo o secuestro de bienes?



Este artículo es necesario leerlo desde sus actualizaciones. Así las cosas entre el día 1 y 2 el pago del auxilio económico a la persona trabajadora que se enferma por una razón no laboral, lo hace el empleador (Decreto 2943 de 2013). Del día 3 al 180 la EPS en un 66.6% del salario devengado mensualmente. Del día 181 al 540, el Fondo de Pensiones (Ley 962 de 2005). A partir del 541, la EPS (Ley 1753 de 2015) en un 50% del salario devengado. Nunca ningún % de estos puede ser inferior a un Salario Mínimo Mensual Legal Vigente.


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  • Buen dia, mi pregunta es en el año 2009 por situacion economica no pude seguir pagando mi plan hogar con Colombia telecomunicaciones (hoy movistar), después que han trascurrido quince años llega una carta de cobro de una empresa de cobranza, mi pregunta es; me pueden cobrar despues de tanto tiempo, la deuda sigue vigente, se les puede poner un derecho de petición. Gracias.


Un concejal que terminó periodo 31 dic 2023 puede ser contratista en el 202r4 en el mismo municipio Que estuvo ejerciendo de concejal



Mi pregunta: Al lado de mi propiedad , mi vecino vendio el principio de construccion que tenia, el nuevo propietario demolio todo para hacer una nueva construcion; mi pregunta el nuevo propietario al demoler todo y empezar de cero , debe de conciliar con los vecinos para poder pegarse de nuestros muros. O, de lo contrario hacer su muro aparte si no hay acuerdo entre los vecinos.Le estare muy agradecido con su respuesta a dicho asunto.



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