Se establece el régimen de los servicios postales y se dictan otras disposiciones (Se establece el régimen de los servicios postales) Colombia
Se establece el régimen de los servicios postales
- Artículo 1o. Ambito de aplicación, objeto y alcance
- Artículo 2o. Objetivos de la intervención del estado
- Artículo 3o. Definiciones
- Artículo 4o. Requisitos para ser operador postal
- Artículo 5o. Requisitos para ser operador postal oficial o concesionario de correo
- Artículo 6o. Contrato de concesión
- Artículo 7o. Libre acceso a las redes postales
- Artículo 8o. Régimen contractual de los operadores postales
- Artículo 9o. Utilización del “código postal de la república de colombia”
- Artículo 10. Del servicio filatélico
- Artículo 11. Entidad competente
- Artículo 12. Régimen tarifario de los servicios postales
- Artículo 13. Características del servicio postal universal
- Artículo 14. Contraprestaciones a cargo de los operadores postales
- Artículo 15. Area de reserva
- Artículo 16. Condiciones especiales que debe reunir el operador del servicio postal oficial o concesionario de correo
- Artículo 17. Obligaciones especiales del operador postal oficial o concesionario de correo
- Artículo 18. Ministerio de tecnologías de la información y las comunicaciones
- Artículo 19. La comisión de regulación de comunicaciones - crc
- Artículo 20. Funciones regulatorias de la crc
- Artículo 21. Superintendencia de industria y comercio
- Artículo 22. Vigilancia de los operadores de servicios postales de pago
- Artículo 23. Comité de contacto postal aduanero
- Artículo 24. Derechos de los usuarios
- Artículo 25. Derechos de los usuarios remitentes
- Artículo 26. Derechos de los usuarios destinatarios
- Artículo 27. Pertenencia de los objetos postales
- Artículo 28. Obligaciones de los usuarios
- Artículo 29. Responsabilidad del usuario
- Artículo 30. Responsabilidad de los operadores postales
- Artículo 31. Exenciones de responsabilidad de los operadores postales
- Artículo 32. Procedimiento para el trámite de peticiones, quejas y recursos (pqr), y solicitudes de indemnizaciones
- Artículo 33. Devolución de las indemnizaciones
- Artículo 34. Reclamaciones en caso de objetos postales remitidos a otros países o recibidos de estos por el operador postal oficial
- Artículo 35. Retención documental
- Artículo 36. Competencia para la imposición de sanciones
- Artículo 37. Infracciones postales
- Artículo 38. Sanciones
- Artículo 39. Graduación de las sanciones
- Artículo 40. Prestación y/o utilización ilegal de los servicios postales
- Artículo 41. Apoyo de las autoridades
- Artículo 42. Procedimiento para imponer sanciones
- Artículo 43. Caducidad
- Artículo 44. Prescripción
- Artículo 45. De la normatividad supranacional
- Artículo 46. Transitorio
- Artículo 47. Franquicias postales
- Artículo 48. Inviolabilidad de las áreas de logística postal
- Artículo 49. Recursos para investigación, desarrollo tecnológico e innovación
- Artículo 50. Derogatorias
- Artículo 51. Bases de datos
- Artículo 52. Procedimiento en caso de envíos declarados en rezago
- Artículo 53. Vigencia
Mejores juristas
- Si en un sindicato para elección de junta directiva solo se presenta una lista y a pesar de citar varias veces ocurre lo mismo, ¿se puede elegir esa lista y el fiscal de los socios que hagan parte de la asamblea?
Recordemos que los bienes, cualquiera que sea su naturaleza, son regidos por la ley del país donde se encuentran físicamente, en cuanto a su división, posesión, venta, pignoración, cesión, hipoteca etc. Esto significa que cualquier disputa entre la pareja sobre la propiedad, posesión, liquidación etc. de un bien ubicado en un país extranjero, en general debe ser resuelta por los tribunales de dicho país y bajo las leyes de dicho país. Un juez colombiano no tiene jurisdicción para tomar decisiones sobre derechos reales de bienes localizados en el extranjero.
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Cordial saludo. Un contralor, designado como auxiliar de la justicia,es considerado un funcionario publico? En este caso, que norma le aplica en cuanto a materia tributaria se refiere? Debo practicarle retencion en la fuente, asi no de la base establecida en el Art 338 ET?- Agradezco inmensamente su aporte.
Feliz dia.
Trabaje en una empresa hasta el día 21 de octubre 2025,y a la fecha hoy 15 noviembre 2025,no me han pagado ni sueldo ni liquidaciones, que debo hacer?
Como empleado, debo pagar preaviso de terminar mi vínculo laboral?
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