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Se expide la ley de inversión social Artículo 65 Colombia


Se expide la ley de inversión social
Artículo 65. VIGENCIA Y DEROGATORIAS

La presente ley rige a partir de su promulgación y deroga todas las disposiciones que le sean contrarias, en especial, las siguientes disposiciones:

 

1. A partir de su promulgación deroga el parágrafo 4 del artículo 23-1, parágrafo 1 del artículo 115, literal f) del numeral 1 del artículo 235-2 y numeral 3 del parágrafo 7 del artículo 240 del Estatuto Tributario, artículos 3 y 6 de la Ley 1473 de 2011, parágrafo 2 del artículo 13 de la Ley 2052 de 2020 e inciso 2 del parágrafo 1 del artículo 3 del Decreto Legislativo 639 de 2020 adicionado por artículo 2 del Decreto Legislativo 677 de 2020 y modificado por el artículo 3 de la Ley 2060 de 2020.

 

2. Transcurridos 5 años desde la entrada en vigencia del artículo 7 de la presente ley, y de la derogatoria del parágrafo 1 del artículo 115 del Estatuto Tributario, se faculta al Gobierno nacional para evaluar los resultados y determinar la continuidad de estas medidas bajo criterios de competitividad tributaria y económica, de generación de empleo y preservar la estabilidad de las finanzas públicas.

 

3. A partir de 1 de enero de 2022 deroga el artículo 11 de la Ley 1473 de 2011.

 

4. Los beneficios previstos en los artículos 40 y 45 de la Ley 2068 de 2020 estarán vigentes hasta el 31 de diciembre de 2022.

 

5. Los beneficios previstos en el artículo 1 del Decreto Legislativo 808 de 2020 estarán vigentes hasta el 31 de diciembre de 2022.



Colombia Art. 65 Se expide la ley de inversión social y se dictan otras disposiciones
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Sobre lo indicado en este art 10 del Código de Comercio, para que una actividad sea considerada profesional, no basta con que sea habitual; debe ser económicamente significativa para la persona. La actividad comercial debe constituir o representar la fuente principal y permanente de los recursos económicos para la persona que la ejerce. El ejercicio profesional implica que la actividad comercial le sirva a la persona como medio de vida. Por lo tanto, si una persona realiza actos de comercio de manera recurrente pero estos no constituyen su principal sustento económico, podría no ser considerada comerciante.




Si yo pago los 2 años de alimentos la madre se los puede gastar un un carro o una casa o cuando el menor cumpla los 18 años me devuelven la plata



En el punto d) que dice 6 horas diarias y 36 horas a la semana hace referencia también a 36 horas semanales promedio o promedio por ciclos (turnos 28/7)?



La forma más segura y recomendada para averiguar sobre la existencia de un proceso sin correr riesgos es a través de un abogado que ejerza su derecho a la defensa. Presentarse directamente sin asesoría podría resultar en la ejecución de una orden de captura si esta ya ha sido emitida.




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