< Se interpreta con autoridad la Ley 20 de 1969 y se dictan otras disposiciones

Se interpreta con autoridad la Ley 20 de 1969 y se dictan otras disposiciones Artículo 5o Colombia


Se interpreta con autoridad la Ley 20 de 1969 y se dictan otras disposiciones
Artículo 5o. Esta Ley rige a partir de su promulgación

PUBLIQUESE Y CUMPLASE.

Dada en Santa Fe de Bogotá D.C., a los 17 días de diciembre de 1993.

JORGE RAMON ELIAS NADER  

El Presidente del honorable Senado de la República

PEDRO PUMAREJO VEGA

El Secretario General del honorable Senado de la República

FRANCISCO JOSE JATTIN SAFAR

El Presidente de la honorable Cámara de Representantes,

DIEGO VIVAS TAFUR

El Secretario General de la honorable Cámara de Representantes

REPUBLICA DE COLOMBIA - GOBIERNO NACIONAL

PUBLÍQUESE Y EJECÚTESE

Dada en Santafé de Bogotá, D. C., a 17 de diciembre de 1993.

CESAR GAVIRIA TRUJILLO

El Ministro de Minas y Energía, Guido Nule Amín.



Colombia Art. 5o Se interpreta con autoridad la Ley 20 de 1969 y se dictan otras disposiciones
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Mi pregunta: Al lado de mi propiedad , mi vecino vendio el principio de construccion que tenia, el nuevo propietario demolio todo para hacer una nueva construcion; mi pregunta el nuevo propietario al demoler todo y empezar de cero , debe de conciliar con los vecinos para poder pegarse de nuestros muros. O, de lo contrario hacer su muro aparte si no hay acuerdo entre los vecinos.Le estare muy agradecido con su respuesta a dicho asunto.



Muy buen dia, para tod@s quiero saber cuanto son los términos legales ya que coloque la denuncia en la fiscalia, el 29 febrero 2024 y hasta el dia de hoy no me han llamado y en este momento ya me da lidia para sentarme y pararme, todo lo que pueda hacer para defenderme debo hacerlo parado, espero que me colaboren muy amables..



Cómo se establece, determina o contabiliza un plazo o un término de 48 horas?



Hola. Como el Art 227 no hace observación alguna sobre un mínimo para hacer el pago, si el empleado devenga un salario mínimo mensual, igualmente aplica el pago de las 2/3 partes los 90 días primeros y el 50% del segundo trimestre?




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