< Se modifica la estructura del Banco Agrario de Colombia S. A. y se determinan las funciones de sus dependencias

se modifica la estructura del Banco Agrario de Colombia S. A. y se determinan las funciones de sus d Artículo 2o Colombia


Se modifica la estructura del Banco Agrario de Colombia S. A. y se determinan las funciones de sus dependencias
Artículo 2o. Funciones de la presidencia del banco agrario de colombia s. a

Son funciones de la Presidencia del Banco Agrario de Colombia, S. A. las siguientes:

1. Definir y proponer la estrategia corporativa de acuerdo con el objeto social del Banco, en consulta con la Junta Directiva.

2. Dirigir la administración de negocios del Banco y ejercer su representación legal del Banco.

3. Cumplir y dirigir la ejecución y cumplimiento de las decisiones emitidas por la Asamblea de Accionistas y la Junta Directiva.

4. Dirigir, administrar, controlar, orientar y reglamentar la operación y la administración interna del Banco para el cumplimiento de su objeto social.

5. Dirigir la gestión de comunicaciones externas del Banco.

6. Ser el principal vocero del Banco ante los grupos de interés y la opinión en general.

7. Definir y liderar al interior de la organización los valores adecuados para la promoción de la cultura organizacional que se requiere para el logro de la estrategia corporativa.

8. Definir y adoptar los planes y programas que debe desarrollar el Banco, según su objeto social y las políticas del Gobierno nacional que sean acordes con el mismo.

9. Asegurar que la gestión del Banco cumpla con lo dispuesto en la Constitución Política, en las leyes y en los Estatutos Sociales.

10. Presentar para consideración de la Junta Directiva, los proyectos de modificación y ajuste de la estructura del Banco y su planta de personal de acuerdo con las necesidades de la organización, sus planes y programas.

11. Distribuir los cargos del Banco y definir sus funciones o responsabilidades y denominación de acuerdo con la estructura y la planta de personal y atendiendo las necesidades de la organización, sus planes y programas.

12. Proponer para aprobación de la Junta Directiva la política de remuneración, escalas salariales y beneficios para el Secretario General y los vicepresidentes.

13. Aprobar la política de remuneración, escalas salariales y beneficios de los trabajadores oficiales del Banco.

14. Proponer a la Junta Directiva la política de selección para ocupar los cargos de Secretario General y vicepresidentes del Banco.

15. Vincular y desvincular a los trabajadores oficiales del Banco, de conformidad con las normas vigentes sobre la materia. Esta facultad puede ser delegada en el Vicepresidente Ejecutivo y/o en el Vicepresidente de Talento Humano, excepto para los cargos de Secretario General y vicepresidentes, cuya decisión final de contratación y remoción será exclusiva del presidente del Banco.

16. Definir e implementar las políticas y estrategias para la adecuada administración del talento humano al servicio del Banco.

17. Presentar a la Junta Directiva, al finalizar cada ejercicio, la situación financiera y estratégica del Banco.

18. Presentar a la Junta Directiva las políticas que deban adoptarse en materia de administración de riesgos.

19. Fijar las políticas para la elaboración y control del presupuesto del Banco.

20. Presentar a la Junta Directiva, para su estudio y aprobación, el presupuesto anual del Banco y demás iniciativas que considere convenientes para el funcionamiento y desarrollo del Banco.

21. Convocar a la Asamblea General de Accionistas y a la Junta Directiva, cuando las circunstancias así lo exijan.

22. Proponer para aprobación de la Junta Directiva la creación y eliminación de las gerencias nacionales del Banco, de acuerdo con las necesidades del servicio y previa disponibilidad presupuestal.

23. Proponer, para aprobación de la Junta Directiva y de acuerdo con las necesidades del servicio, la creación y eliminación de Gerencias Regionales, Gerencias Zonales y Oficinas.

24. Aprobar la creación o eliminación de comités y/o grupos internos con carácter permanente o transitorio para la adecuada administración y gestión de los procesos del Banco, salvo en aquellos casos que los Estatutos Sociales asignen esta facultad a la Junta Directiva.

25. Ejercer las demás funciones que señalen la ley, los Estatutos Sociales, los reglamentos, normas y las que correspondan de acuerdo con la naturaleza de la Dependencia.

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Presunción de Paternidad por Reconocimiento.

Pedro Guatavita de 62 años de edad y Laura Guatavito de 22 años de edad, tuvieron una relación extramatrimonial durante un año. Laura queda embarazad y da a luz a una niña, Sofia.Pedro, aunque no está seguro de ser el padre, decide reconocer a Sofía como su hija legalmente. Quedando legalmente registrada como Sofía Yarleidis Guatavita Guatavito con NIUP 856474322000, Sin embargo, paso un tiempo, Pedro duda de su paternidad y solicita una prueba de ADN para confirmarla, lo que genera un conflicto con Laura, quien sostiene que el reconocimiento voluntario de paternidad es irrevocable.basado en que articulo del codigo civil colombia y convenios internacionales, pedro puede alegar la paternidad por reconocimiento y laura puede sostener que el reconocimiento voluntario de paternidad es irrevocable.



De acuerdo al art. 937, como la servidumbre obedece a un acuerdo de voluntades, es gratuito, es decir el propietario del predio servido no debe pagar por la servidumbre?



Estoy casado y tengo 3 hijos. Recibí en vida mi porción de una herencia económica por la venta de un inmueble de mis padres. Aunque legalmente no estoy obligado a repartir lo recibido, quiero hacerlo para evitarles problemas a futuro. He decidido acogerme al reparto de herencias normales, es decir, dejarle el 50% a mi esposa y el restante 50% dividirlo entre mis 3 hijos. Quiero saber si lo estoy haciendo bien y que no se me van a presentar problemas con ellos a futuro?



Haciendo una analogía a partir de lo que ha indicado la Superintendencia financiera sobre los inmuebles en los que funcionan los cajeros, se puede plantear que la protección indicada acá se extiende a todo tipo de establecimientos de comercio y no únicamente al local comercial. Así las cosas, inmuebles arrendados para oficinas, bodegas, fábricas, plantas, antenas y en general cualquier inmueble que se arriende para que funcione una parte de una empresa o negocio, se debe aplicar el art 518 al 524 de cod de comercio. Lo contrario implicaría generar incertidumbre en el ámbito comercial, que es lo que estos artículos quieren evitar.


Dirección: CALLE 12 B No. 7-80 y CALLE 135C No. 10-25 (CITA PREVIA)

Email: temasdeley@gmail.com

Sitio web: https://www.linkedin.com/company/abogados-colombia

WhatsApp: 573166406899

facebook.com/abogadoscolombiaun

Atendemos a nivel nacional. TEL 3166406899. Civil, familia, laboral, penal, propiedad horizontal...



Buenas tardes, si un menor se 14 años tiene relaciones con su novia de 13 años desde hace varios meces, con la ayuda de los padres de la niña. Le permiten a mi hijo que se encierre con la niña en su casa y los padres de la niña lo niegan cuando preguntamos por él y se enojan si vamos a buscarlo. ¿Que podemos hacer a nivel legal para darle fin a esta citación?. Muchas gracias



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