< Se organiza la Corporación Autónoma Regional del Río Grande de la Magdalena

Se organiza la Corporación Autónoma Regional del Río Grande de la Magdalena Artículo 22 Colombia


Se organiza la Corporación Autónoma Regional del Río Grande de la Magdalena
Artículo 22.

Esta Ley rige a partir de la fecha de su sanción.

El Presidente del honorable Senado de la República,

JORGE RAMÓN ELÍAS NADER.

El Secretario General del honorable Senado de la República,

PEDRO PUMAREJO VEGA.

El Presidente de la honorable Cámara de Representantes,

FRANCISCO JOSÉ JATTIN SAFAR.

El Secretario General de la honorable Cámara de Representantes,

DIEGO VIVAS TAFUR.

República de Colombia - Gobierno Nacional.

Publíquese y ejecútese.

Dada en Santafé de Bogotá, D.C., a 3 de agosto de 1994.

CÉSAR GAVIRIA TRUJILLO.

El Viceministro de Hacienda y Crédito Público,

encargado de las funciones del Despacho del

Ministro de Hacienda y Crédito Público,

HECTOR JOSE CADENA CLAVIJO.

El Ministro del Medio Ambiente,

MANUEL CIPRIANO RODRÍGUEZ BECERRA.

El Director del Departamento Nacional de Planeación,

ARMANDO MONTENEGRO TRUJILLO

      



Colombia Art. 22 Se organiza la Corporación Autónoma Regional del Río Grande de la Magdalena, se determinan sus fuentes de financiación y se dictan otras disposiciones
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Mi pregunta: Al lado de mi propiedad , mi vecino vendio el principio de construccion que tenia, el nuevo propietario demolio todo para hacer una nueva construcion; mi pregunta el nuevo propietario al demoler todo y empezar de cero , debe de conciliar con los vecinos para poder pegarse de nuestros muros. O, de lo contrario hacer su muro aparte si no hay acuerdo entre los vecinos.Le estare muy agradecido con su respuesta a dicho asunto.



Muy buen dia, para tod@s quiero saber cuanto son los términos legales ya que coloque la denuncia en la fiscalia, el 29 febrero 2024 y hasta el dia de hoy no me han llamado y en este momento ya me da lidia para sentarme y pararme, todo lo que pueda hacer para defenderme debo hacerlo parado, espero que me colaboren muy amables..



Cómo se establece, determina o contabiliza un plazo o un término de 48 horas?



Hola. Como el Art 227 no hace observación alguna sobre un mínimo para hacer el pago, si el empleado devenga un salario mínimo mensual, igualmente aplica el pago de las 2/3 partes los 90 días primeros y el 50% del segundo trimestre?




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