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Se reestructura la Justicia Penal Militar y Policial Artículo 76 Colombia


Se reestructura la Justicia Penal Militar y Policial
Artículo 76. Parámetros para la recomendación de ascensos

El Comité fundamentará su recomendación de ascenso en la antigüedad, las anotaciones existentes en el folio de vida y su respectiva clasificación o escala para ascenso y en la calificación de la evaluación judicial, de gestión investigativa o de apoyo judicial o investigativo y el resultado obtenido en el curso de ascenso, información que será consolidada en orden de precedencia por el responsable de Talento Humano de la Unidad Administrativa Especial de la Justicia Penal Militar y Policial.

El Comité seleccionará y recomendará al Gobierno nacional los nombres de los oficiales que considere merecen el ascenso por tener el mejor perfil militar o policial y desempeño judicial o de gestión investigativa.

En el caso de los suboficiales, miembros del nivel ejecutivo y patrulleros de la Fuerza Pública, el Comité sesionará sin la presencia del Ministro de Defensa Nacional o su delegado y seleccionará y recomendará al Ministro los nombres de los que considere merecen el ascenso por tener el mejor perfil militar o policial y desempeño en cargos de apoyo judicial o investigativo.



Colombia Art. 76 Se reestructura la Justicia Penal Militar y Policial, se establecen requisitos para el desempeño de sus cargos, se implementa su Fiscalía General Penal Militar y Policial, se organiza su cuerpo técnico de investigación, se señalan disposiciones sobre competencia para el tránsito al sistema penal acusatorio y para garantizar su plena operatividad en la Jurisdicción Especializada y se dictan otras disposiciones Ley 1765 de 2015
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Si existe una orden de Policía y el propietario, habitante etc impide el ingreso para ejecutarla, puede incurrir en el delito de fraude a resolución judicial o administrativa de policía. Para hacer efectiva la orden la Policía puede ingresar al inmueble sin orden escrita cuando sea necesario para evitar una situación de peligro, como filtraciones o inundaciones, y utilizar la fuerza de manera proporcional si existe resistencia.




si es una zona comun como una terraza de uso exclusivo y es imposible entrar la orden de policia es que arreglen la iltraciones la terraza como e hace a obligar alos pertuebadores



La cláusula de reserva de dominio permite que en una venta a plazos, el vendedor conserve la propiedad del vehículo hasta que el comprador pague la totalidad del precio. Si incumple, el vendedor puede exigir la restitución del vehículo y reclamar compensaciones por su uso y los perjuicios causados, pues lo recibiría usado. Mientras se tiene esta garantía, el comprador no puede vender, gravar, permutar ni disponer del vehículo sin autorización del vendedor, ni cambiar su ubicación o darle un uso distinto al acordado. También debe informar cambios de domicilio y cualquier medida judicial que afecte el vehículo y/o que se pacte. Esta garantía debe anotarse en el organismo de tránsito en el certificado de propiedad del vehículo. Al momento de la venta, se registra esta garantía y se pide su levantamiento cuando se pague la deuda.






Una pregunta si el empleado te paga la mitad del la liquidación y se tarda del la fecha acordada de pagar el resto aún se puede demandar ??




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