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Se reestructura la Justicia Penal Militar y Policial Artículo 74 Colombia


Vigente, con las modificaciones. Última actualización 24/03/2024

Se reestructura la Justicia Penal Militar y Policial
Artículo 74. Comité de ascensos del cuerpo autónomo de la justicia penal militar y policial

El Comité de Ascensos del Cuerpo Autónomo de la Justicia Penal Militar y Policial estará conformado por:

1. El Ministro de Defensa Nacional o su delegado.

2. El Director Ejecutivo de la Unidad Administrativa Especial de la Justicia Penal Militar y Policial.

3. El Presidente del Tribunal Superior Militar y Policial.

4. El Fiscal General Penal Militar y Policial.

5. El funcionario judicial de mayor antigüedad y grado de las Fuerzas Militares, integrante del Cuerpo Autónomo de la Justicia Penal Militar y Policial, cuando se trate de ascensos de las Fuerzas Militares.

6. El funcionario judicial de mayor antigüedad y grado de la Policía Nacional, integrante del Cuerpo Autónomo de la Justicia Penal Militar y Policial, cuando se trate de ascensos de la Policía Nacional.



Colombia Art. 74 Se reestructura la Justicia Penal Militar y Policial, se establecen requisitos para el desempeño de sus cargos, se implementa su Fiscalía General Penal Militar y Policial, se organiza su cuerpo técnico de investigación, se señalan disposiciones sobre competencia para el tránsito al sistema penal acusatorio y para garantizar su plena operatividad en la Jurisdicción Especializada y se dictan otras disposiciones
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Hola buenos días

Me pueden embargar el salario mínimo?


Buenos días tengo una pregunta me están llamando de ágora abogados que tengo una deuda con JHC empresa a lo cual se llegó a un acuerdo del pago el cual por motivo del pago de nómina no pude realizar me pregunta es ellos me pueden embargar mi sueldo gano un mínimo y es que la empresa para la cul laboro ya a varios compañeros les an descontado sin un previo aviso o por ende una negociación


Quién ? determina el valor que se paga por la servidumbre , se hace SOBRE EL VALOR DEL IMPUESTO PREDIAL que se paga, o como ? se determina. Gracias


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