< Acuerdo Comercial entre el Gobierno de la República de Colombia y el Gobierno de la República Checa

Acuerdo Comercial entre el Gobierno de la República de Colombia y el Gobierno de la República Checa Artículo 13 Colombia


Acuerdo Comercial entre el Gobierno de la República de Colombia y el Gobierno de la República Checa
Artículo 13.

El presente Acuerdo deberá ser aprobado de conformidad con la legislación interna de ambos países y entrará en vigor el día que se reciba la última notificación que confirme su aprobación.

En cuanto a las relaciones entre la República de Colombia

y la República Checa, el día de entrada en vigor del presente Acuerdo,

cesará la validez del Convenio Comercial entre el Gobierno de la República

de Colombia y el Gobierno de la República de Checoslovaquia,

firmado el 14 de julio de 1977.

Firmado en Santa Fe de Bogotá, a los dos (2) días del mes

de mayo de mil novecientos noventa y cinco (1995)

en dos ejemplares originales, uno en idioma español

y otro en idioma checo, siendo ambos textos igualmente válidos.

Por el Gobierno de la República de Colombia,

Firma ilegible.

Por el Gobierno de la República Checa,

Firma ilegible.

La suscrita Jefe Encargada de la Oficina Jurídica

del Ministerio de Relaciones Exteriores,

HACE CONSTAR:

Que la presente reproducción es fiel fotocopia del original del "Acuerdo Comercial entre el Gobierno de la República de Colombia y el Gobierno de la República Checa", firmado en Santa Fe de Bogotá, D.C., el 2 de mayo de mil novecientos noventa y cinco (1995), documento que reposa en los archivos de la Oficina Jurídica de este Ministerio.

Dada en Santa Fe de Bogotá, D.C., a los dieciocho (18) días

del mes de marzo de mil novecientos noventa y seis (1996).

La Jefe Oficina Jurídica (E),

SONIA PEREIRA PORTILLA.

RAMA EJECUTIVA DEL PODER PÚBLICO.

Presidencia de la República.

Santa Fe de Bogotá, D.C., 15 de septiembre de 1995.

Aprobado, sométase a la consideración del honorable

Congreso Nacional para los efectos constitucionales.

(Fdo.) ERNESTO SAMPER PIZANO

El Ministro de Relaciones Exteriores,

(Fdo.) RODRIGO PARDO GARCÍA PEÑA.

DECRETA:



Colombia Art. 13 Se aprueba el Acuerdo Comercial entre el Gobierno de la República de Colombia y el Gobierno de la República Checa, suscrito en Santa Fe de Bogotá, D.C., el 2 de mayo de 1995
Hacer una pregunta en los comentarios
Artículo 1o ...11 12 13
Agregar un comentario
Los nuevos comentarios en el sitio web

Mi pregunta: Al lado de mi propiedad , mi vecino vendio el principio de construccion que tenia, el nuevo propietario demolio todo para hacer una nueva construcion; mi pregunta el nuevo propietario al demoler todo y empezar de cero , debe de conciliar con los vecinos para poder pegarse de nuestros muros. O, de lo contrario hacer su muro aparte si no hay acuerdo entre los vecinos.Le estare muy agradecido con su respuesta a dicho asunto.



Muy buen dia, para tod@s quiero saber cuanto son los términos legales ya que coloque la denuncia en la fiscalia, el 29 febrero 2024 y hasta el dia de hoy no me han llamado y en este momento ya me da lidia para sentarme y pararme, todo lo que pueda hacer para defenderme debo hacerlo parado, espero que me colaboren muy amables..



Cómo se establece, determina o contabiliza un plazo o un término de 48 horas?



Hola. Como el Art 227 no hace observación alguna sobre un mínimo para hacer el pago, si el empleado devenga un salario mínimo mensual, igualmente aplica el pago de las 2/3 partes los 90 días primeros y el 50% del segundo trimestre?




Últimos comentarios

¿Es Usted jurista? ¿Necesito nuevos clientes?
Publique la información de sí mismo

- Eso es gratís

- La información acerca de 5 mejores juristas está en todas las páginas del sitio

- Este anuncio ven màs de 10 000 visitantes al día

- Para aumentar su rating Usted necesito responder a las preguntas de los usuarios

Registrarse