< Acuerdo de Cooperación Operativa y Estratégica Entre la República de Colombia y la Oficina Europea de Policía

Acuerdo de Cooperación Operativa y Estratégica Entre la República de Colombia y la Oficina Europea d Artículo 18 Colombia


Acuerdo de Cooperación Operativa y Estratégica Entre la República de Colombia y la Oficina Europea de Policía
Artículo 18. RESOLUCIÓN DE CONTROVERSIAS Y LITIGIOS

1. Toda controversia o litigio entre las partes contratantes relativo a la interpretación o la aplicación del presente acuerdo, así como cualquier cuestión que afecte a la relación entre las mismas que no se resuelva amigablemente, se someterá a la decisión definitiva de un tribunal compuesto por tres árbitros, a petición de una u otra parte. Cada parte contratante designará a un árbitro. El tercero, que ejercerá como Presidente del Tribunal, será elegido por los dos primeros árbitros.

2. Si una de las partes contratantes dejara de designar un árbitro en un plazo de dos meses transcurridos desde la solicitud de la otra parte de realizar tal designación, la otra parte contratante podrá exigir al Presidente de la Corte Internacional de Justicia, o en su ausencia, al Vicepresidente, que efectúe dicha designación.

3. Si los dos primeros árbitros no llegaran a un acuerdo respecto al tercero en el plazo de dos meses transcurridos desde su designación, podrán solicitar al Presidente de la Corte Internacional de Justicia, o en su ausencia, al Vicepresidente, que efectúe tal designación.

4. Salvo en el caso de que las partes contratantes convengan lo contrario, el Tribunal determinará su propio procedimiento. Este se llevará a cabo en una de las lenguas del presente acuerdo.

5. El Tribunal adoptará su decisión por mayoría de votos. En caso de empate, el Presidente ejercerá un voto de calidad. El laudo se considerará definitivo y vinculante para las partes contratantes en disputa.

6. Cada una de las partes contratantes se reserva el derecho a suspender las obligaciones que le atañan con arreglo al presente acuerdo cuando el procedimiento establecido en este artículo se aplique o pueda aplicarse de conformidad con el apartado 1, o en cualquier otro caso, cuando una parte contratante opine que las obligaciones que le incumben a la otra en virtud del presente acuerdo se han incumplido.



Colombia Art. 18 Se aprueba el Acuerdo de Cooperación Operativa y Estratégica Entre la República de Colombia y la Oficina Europea de Policía, suscrito en Bogotá D. C., el 20 de septiembre de 2010
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Cómo se establece, determina o contabiliza un plazo o un término de 48 horas?



Hola. Como el Art 227 no hace observación alguna sobre un mínimo para hacer el pago, si el empleado devenga un salario mínimo mensual, igualmente aplica el pago de las 2/3 partes los 90 días primeros y el 50% del segundo trimestre?




El arrendador está en la obligación de tener el bien inmueble en óptimas condiciones uso y goce , debe hacer mantenimiento de los canales de agua lluvia de la vivienda.

Lo podrá hacer el arrendatario de manera oficiosa y hacer el decuento del costo de mantenimiento al valor que paga periodicamente como canon de arrendamiento, o también podrá incurrir en la terminación unilateral del contrato. (tambíen depende que se haya estipulado en el contrato de arrendamiento)



¿Puede una empresa bajar el salario en el mismo cargo por reubicación laboral?



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