< Acuerdo sobre los Privilegios e Inmunidades de la Corte Penal Internacional

Acuerdo sobre los Privilegios e Inmunidades de la Corte Penal Internacional Artículo 17 Colombia


Acuerdo sobre los Privilegios e Inmunidades de la Corte Penal Internacional
Artículo 17. Personal contratado localmente y que no esté de otro modo contemplado en el presente acuerdo

El personal contratado localmente por la Corte y que no esté de otro modo contemplado en el presente Acuerdo gozará de inmunidad de jurisdicción respecto de las declaraciones que haga verbalmente o por escrito y los actos que realice en el ejercicio de sus funciones para la Corte. Esta inmunidad subsistirá después de que haya cesado en el ejercicio de esas funciones con respecto a las actividades llevadas a cabo en nombre de la Corte. Durante el empleo también se le concederán las facilidades que sean necesarias para el ejercicio independiente de sus funciones para la Corte.

Colombia Art. 17 Se aprueba el Acuerdo sobre los Privilegios e Inmunidades de la Corte Penal Internacional, hecho en Nueva York, el 9 de septiembre de 2002
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Es importante indicar que según este art del Cod de Policía y Convivencia Ciudadana, prescribe la medida cuando pasen cinco años desde la fecha en que quedó en firme la decisión. Es decir, desde el momento en el contra la decisión de policía no se puedan interponer más recursos. Recordemos que, para estos casos en concreto, los recursos de reposición y apelación deben interponerse dentro de los diez (10) días hábiles siguientes a la notificación de que se interpuso la medida correctiva. Así las cosas, sólo 10 días hábiles después quedan en firme. Por tanto, no se debe contar la prescripción desde la fecha en que se impuso la medida, sino desde el momento en el que se venció la oportunidad para atacar el acto administrativo, o sea, cuando quedó en firme. En la práctica implica entonces contar 5 años y dos semanas desde que se impuso el comparendo. 


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Recordemos que es de responsabilidad de la persona infractora, dirigirse a la autoridad de policía que le impuso la medida correctiva, para actualizar el estado de cumplimiento de la sanción o de no procedencia de la misma y así actualizar el Registro Nacional de Medidas Correctivas.


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La norma máxima para efecto de los signos distintivos es la Decisión 486 de 2000 de la Comisión de la Comunidad Andina, para todos los países miembros de la Comunidad Andina. Además los Decretos reglamentarios y la SIC expide la Circular Única que contiene cómo se debe adelantar los trámites de propiedad industrial en Colombia.


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El depósito es una inscripción que se hace en el registro público de la propiedad industrial de la Superintendencia de Industria y Comercio, mediante el cual se constituye una presunción legal de la fecha desde la cual se entiende que se empezó a usar el nombre comercial, que para el efecto es la fecha de presentación de la solicitud. El depósito no concede derechos, el registro sí. El depósito es un fuerte indicio de la época desde la cual se usa el nombre, para efectos de poder registrarlo.


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Es necesario aclarar un asunto que es de creencia popular y que se consulta mucho. Un contrato laboral a término fijo se puede renovar todas las veces que se desee sin que esto signifique que se convierta en un contrato a término indefinido. Es un error creer que un contrato a término fijo que se renueva muchas veces se convierte en indefinido.


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