Código Civil Artículo 1079 Colombia
Código Civil
Artículo 1079. Incapacidad para otorgar testamento cerrado
El que no sepa leer y escribir no podrá otorgar testamento cerrado.
Colombia Art. 1079 CC
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Los comentarios de los usuarios
·S E NS O R· Estudio Jurídico de Colombia
05/02/24 12:38:13
Recordemos que lo que indica este art 1079 del cód civil, fue declarado inexequible por la Corte constitucional en sentencia C-537 de 2023, así las cosas, quien no sepa leer ni escribir podrá otorgar testamento cerrado, para esto el notario debe garantizar los apoyos necesarios. Recodemos que el testamento es cerrado cuando se deja en secreto lo que se desea y sólo se abre hasta que la persona fallece
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