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Codigo de Regimen Municipal Artículo 251 Colombia


Codigo de Regimen Municipal
Artículo 251.

La proporción de la participación del impuesto a las ventas que el artículo anterior condiciona a gastos de inversión, podrá destinarse a los siguientes fines:

a. Construcción, ampliación y mantenimiento de acueductos y alcantarillados, jagüeyes, pozos, letrinas, plantas de tratamiento y redes.

b. Construcción, pavimentación y remodelación de calles.

c. Construcción y conservación de carreteras veredales, caminos vecinales, puentes y puertos fluviales.

d. Construcción y conservación de centrales de transporte.

e. Construcción, mantenimiento de la planta física y dotación de los planteles educativos oficiales de primaria y secundaria.

f. Construcción, mantenimiento de la planta física y dotación de puestos de salud y Ancianatos.

g. Casas de cultura.

h. Construcción, remodelación y mantenimiento de plazas de mercado y plazas de ferias.

i. Tratamiento y disposición final de basuras.

j. Extensión de la red de electrificación en zonas urbanas y rurales.

k. Construcción, remodelación y mantenimiento de campos e instalaciones deportivas y parques.

l. Programas de reforestación vinculados a la defensa de cuencas y hoyas hidrográficas.

m. Pago de deuda pública interna o externa, contraída para financiar gastos de inversión.

n. Inversiones en Bonos del Fondo Financiero de Desarrollo Urbano, destinadas a obtener recursos de crédito complementarios para la financiación de obras de desarrollo municipal.

ñ. Otros rubros que previamente autorice el Departamento Nacional de Planeación.

o) Programas de vivienda popular y rehabilitación urbana.



Colombia Art. 251 Codigo de Regimen Municipal
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Mi pregunta: Al lado de mi propiedad , mi vecino vendio el principio de construccion que tenia, el nuevo propietario demolio todo para hacer una nueva construcion; mi pregunta el nuevo propietario al demoler todo y empezar de cero , debe de conciliar con los vecinos para poder pegarse de nuestros muros. O, de lo contrario hacer su muro aparte si no hay acuerdo entre los vecinos.Le estare muy agradecido con su respuesta a dicho asunto.



Muy buen dia, para tod@s quiero saber cuanto son los términos legales ya que coloque la denuncia en la fiscalia, el 29 febrero 2024 y hasta el dia de hoy no me han llamado y en este momento ya me da lidia para sentarme y pararme, todo lo que pueda hacer para defenderme debo hacerlo parado, espero que me colaboren muy amables..



Cómo se establece, determina o contabiliza un plazo o un término de 48 horas?



Hola. Como el Art 227 no hace observación alguna sobre un mínimo para hacer el pago, si el empleado devenga un salario mínimo mensual, igualmente aplica el pago de las 2/3 partes los 90 días primeros y el 50% del segundo trimestre?




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