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Código Nacional de Seguridad y Convivencia Ciudadana Artículo 8o Colombia


Código Nacional de Seguridad y Convivencia Ciudadana
Artículo 8o. Principios

Son principios fundamentales del Código: 

1. La protección de la vida y el respeto a la dignidad humana. 

2. Protección y respeto a los derechos humanos. 

3. La prevalencia de los derechos de niños, niñas y adolescentes y su protección integral. 

4. La igualdad ante la ley. 

5. La libertad y la autorregulación. 

6. El reconocimiento y respeto de las diferencias culturales, la autonomía e identidad regional, la diversidad y la no discriminación. 

7. El debido proceso. 

8. La protección de la diversidad e integridad del ambiente y el patrimonio ecológico. 

9. Protección y respeto por los animales en su calidad de seres sintientes. 

10. La solidaridad. 

11. La solución pacífica de las controversias y desacuerdos de los conflictos. 

12. El respeto al ordenamiento jurídico y a las autoridades legalmente constituidas. 

13. Proporcionalidad y razonabilidad. La adopción de medios de Policía y medidas correctivas debe ser proporcional y razonable atendiendo las circunstancias de cada caso y la finalidad de la norma. Por lo tanto, se debe procurar que la afectación de derechos y libertades no sea superior al beneficio perseguido y evitar todo exceso innecesario. 

14. Necesidad. Las autoridades de Policía sólo podrán adoptar los medios y medidas rigurosamente necesarias e idóneas para la preservación y restablecimiento del orden público cuando la aplicación de otros mecanismos de protección, restauración, educación o de prevención resulte ineficaz para alcanzar el fin propuesto. 

Parágrafo. Los principios enunciados en la Ley 1098 de 2006 deberán observarse como criterio de interpretación y aplicación de esta ley cuando se refiera a niños, niñas y adolescentes



Colombia Art. 8o Código Nacional de Seguridad y Convivencia Ciudadana
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Mi pregunta: Al lado de mi propiedad , mi vecino vendio el principio de construccion que tenia, el nuevo propietario demolio todo para hacer una nueva construcion; mi pregunta el nuevo propietario al demoler todo y empezar de cero , debe de conciliar con los vecinos para poder pegarse de nuestros muros. O, de lo contrario hacer su muro aparte si no hay acuerdo entre los vecinos.Le estare muy agradecido con su respuesta a dicho asunto.



Muy buen dia, para tod@s quiero saber cuanto son los términos legales ya que coloque la denuncia en la fiscalia, el 29 febrero 2024 y hasta el dia de hoy no me han llamado y en este momento ya me da lidia para sentarme y pararme, todo lo que pueda hacer para defenderme debo hacerlo parado, espero que me colaboren muy amables..



Cómo se establece, determina o contabiliza un plazo o un término de 48 horas?



Hola. Como el Art 227 no hace observación alguna sobre un mínimo para hacer el pago, si el empleado devenga un salario mínimo mensual, igualmente aplica el pago de las 2/3 partes los 90 días primeros y el 50% del segundo trimestre?




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