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Convenio Internacional de las Maderas Tropicales Artículo 14 Colombia


Convenio Internacional de las Maderas Tropicales
Artículo 14. Cooperación y coordinación con otras organizaciones





1. El Consejo adoptará las disposiciones que sean procedentes para celebrar consultas o cooperar con las Naciones Unidas y sus órganos, en particular la Conferencia de las Naciones Unidas sobre Comercio y Desarrollo (UNCTAD) y la Comisión sobre el Desarrollo Sostenible (CDS), las organizaciones intergubernamentales, en particular el Acuerdo General sobre Aranceles Aduaneros y Comercio (GATT) y la Convención Internacional sobre el Comercio de Especies Amenazadas de Fauna y Flora (CITES), y las organizaciones no gubernamentales.

2. La Organización utilizará, en la máxima medida posible, las instalaciones, los servicios y la experiencia de las organizaciones intergubernamentales, gubernamentales o no gubernamentales existentes, a fin de evitar la duplicación de esfuerzos en el logro de los objetivos del presente Convenio y de aumentar la complementariedad y la eficiencia de sus actividades.

Colombia Art. 14 Convenio Internacional de las Maderas Tropicales
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El artículo 140 del Código Nacional de Policía y Convivencia establece que los comportamientos contrarios al cuidado e integridad del espacio público incluyen la realización de intervenciones en áreas públicas sin la debida autorización de la autoridad competente. Esto aplica a zonas verdes, que son consideradas bienes de uso público destinados al disfrute colectivo. El uso del espacio público, incluidas las zonas verdes, debe respetar su destinación al disfrute colectivo y no debe excluir a ninguna persona de su acceso. Las intervenciones que no cuenten con autorización pueden ser consideradas como una vulneración al principio de respeto por lo público y al derecho colectivo al uso adecuado del espacio público. 

 


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La ley no establece un tiempo mínimo exacto para el intermedio de descanso entre jornadas laborales, pero sí exige que este sea razonable y adecuado a las necesidades del trabajador y la naturaleza del trabajo. En la práctica, se ha acostumbrado que este tiempo sea de al menos una hora en jornadas de ocho horas, pero su duración específica debe ser acordada entre las partes y reflejada en el reglamento interno de trabajo o el contrato laboral.


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¿Se incurre en una falta al plantar jardín en una zona verde lateral, contigua a la vivienda por la que no hay paso vehicular, solo peatonal?



Las decisiones adoptadas en una asamblea de propiedad horizontal sin el quórum requerido al momento de la aprobación, son nulas. Es fundamental cumplir con las disposiciones legales y estatutarias para garantizar la validez de las decisiones y evitar conflictos legales. Si se presentan irregularidades, estas deben ser impugnadas judicialmente.


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muy buenos dias, me gustaria disipar una duda al respecto, que tengo con relacion a dos temas, 01 la liquidacion de mi tiempo laborado, 02, el pago en los trabajos que hacen relacion al sector energetico,



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