Convenio Internacional de las Maderas Tropicales (Convenio Internacional de las Maderas Tropicales) Colombia
Convenio Internacional de las Maderas Tropicales
- Artículo 1o. Objetivos
- Artículo 2o. Definiciones
- Artículo 3o. Sede y estructura de la organización internacional de las maderas tropicales
- Artículo 4o. Miembros de la organización
- Artículo 5o. Participación de organizaciones intergubernamentales
- Artículo 6o. Composición del consejo internacional de las maderas tropicales
- Artículo 7o. Facultades y funciones del consejo
- Artículo 8o. Presidente y vicepresidente del consejo
- Artículo 9o. Reuniones del consejo
- Artículo 10. Distribución de los votos
- Artículo 11. Procedimiento de votación del consejo
- Artículo 12. Decisiones y recomendaciones del consejo
- Artículo 13. Quórum en el consejo
- Artículo 14. Cooperación y coordinación con otras organizaciones
- Artículo 15. Admisión de observadores
- Artículo 16. Director ejecutivo y personal
- Artículo 17. Privilegios e inmunidades
- Artículo 18. Cuentas financieras
- Artículo 19. Cuenta administrativa
- Artículo 20. Cuenta especial
- Artículo 21. El fondo de cooperación de bali
- Artículo 22. Formas de pago
- Artículo 23. Auditoría y publicación de cuentas
- Artículo 24. Actividades de la organización relacionadas con políticas
- Artículo 25. Actividades de la organización relacionadas con proyectos
- Artículo 26. Establecimiento de comités
- Artículo 27. Funciones de los comités
- Artículo 28. Relación con el fondo común para los productos básicos
- Artículo 29. Estadísticas, estudios e información
- Artículo 30. Informe y examen anuales
- Artículo 31. Reclamaciones y controversias
- Artículo 32. Obligaciones generales de los miembros
- Artículo 33. Exención de obligaciones
- Artículo 34. Medidas diferenciales y correctivas y medidas especiales
- Artículo 35. Revisión
- Artículo 36. No discriminación
- Artículo 37. Depositario
- Artículo 38. Firma, ratificación, aceptación y aprobación
- Artículo 39. Adhesión
- Artículo 40. Notificación de aplicación provisional
- Artículo 41. Entrada en vigor
- Artículo 42. Enmiendas
- Artículo 43. Retiro
- Artículo 44. Exclusión
- Artículo 45. Liquidación de las cuentas en caso de retiro o exclusión de un...
- Artículo 46. Duración, prórroga y terminación
- Artículo 47. Reservas
- Artículo 48. Disposiciones adicionales y transitorias
Otras regulaciones
La Nación se asocia a la celebración de los noventa y seis (96) años de vida jurídica del municipio de Aracataca El sistema de control fiscal financiero y los organismos que lo ejercen Se honra la memoria del ilustre Colombiano y ex Presidente, Manuel Antonio Sanclemente Acuerdo de Asistencia Judicial en Materia Penal entre la República de Colombia y la República de Argentina Se dictan disposiciones para la gestión integral de los páramosMejores juristas





Buenas en mi caso tome la decisión de evadirme del batallón pasaron los 5 días Avilés para presentarme se dieron los meses y comense a investigar sobre el delito cometido una ves ya indagado en la página militar me aparece que estoy incorporado en otro batallón llame al jusgado de la brigada a la que estaba proscripto y me disen que no an tomado las declaraciones de los comandantes ¿ Que puedo Aser para acelerar el proceso ?
Asesoria en procesos en general, demandas y tutelas, procesos de divorcio, herencia, reclamación de derechos y reparación por daños o perjuicios, consultoria tributaria y mas, su caso es nuestra razon de ser, profesionales en servicios juridicos, Ad Legis S.A.S
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Somos Adlegis, mas que una firma de abogados llegamos para aportar a la construcción de un mejor país, nuestra visión es llevar nuestro portafolio de servicios a cada rincon de Colombia con un profesionalismo y entusiasmo de nivel internacional.
Buenos días, según comprendo el predio que usted adquirió es objeto de un proceso de pertenencia por parte de un tercero. Existen algunas opciones para tener en cuenta, la primera es rescindir o dejar sin efectos la compraventa ya que se desconocía de que el inmueble se encotnraba con dicha situación, demostrando que ese era un vicio oculto. La segunda opción, hacerse parte del proceso de pertenencia tanto vendedor como comprador, demostrando que se ejerciero actos de señor y dueño sobre el predio y desvirtuar las pretenciones que por parte del presunto poseedor se hagan en dicho proceso.
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en las carretera rurales donde no existen lineas cortadas, y los trayectos de doble linea amarilla son muy extensos y se requiere adelantar por ejemplo vehiculo de carga que va a muy baja velocidad, ejemplo 10,20 kilometros por hora, y se necesita llegar con urgencia a una diligencia.....como adelantamos.....caso especial bus de pasajeros.......
Compré predio ya con demanda de pertenencia que hago?
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