< Convenio Internacional del Sistema Armonizado de designación y Codificación de Mercancías

Convenio Internacional del Sistema Armonizado de designación y Codificación de Mercancías Artículo 1o Colombia


Convenio Internacional del Sistema Armonizado de designación y Codificación de Mercancías
Artículo 1o. Definiciones

Para la aplicación del presente Convenio se entenderá:

a) por Sistema Armonizado de Designación y Codificación de Mercancías, llamado en adelante Sistema Armonizado: la nomenclatura que comprenda las partidas, subpartidas y los códigos numéricos correspondientes, las Notas de las secciones, de los capítulos y de las subpartidas, así como las Reglas Generales para interpretación del Sistema Armonizado que figuran en el anexo al presente Convenio:

b) por nomenclatura arancelaria: La nomenclatura establecida según la legislación de una Parte contratante para la percepción de los derechos arancelarios a la importación;

c) por nomenclaturas estadísticas: Las nomenclaturas elaboradas por una Parte contratante para registrar los datos que han de servir para la presentación de las estadísticas del comercio de importación y exportación;

d) por nomenclatura arancelaria y estadística combinadas: La nomenclatura combinada que integra la arancelaria y la estadística, reglamentariamente sancionada por una Parte contratante para la declaración de las mercancías a la importación;

e) por Convenio que crea el Consejo: El Convenio por el que se crea el Consejo de Cooperación Aduanera, dado en Bruselas el 15 de diciembre de 1950;

f) por Consejo: El Consejo de Cooperación Aduanera al que se refiere el apartado e) anterior;

g) por Secretario General: El Secretario General del Consejo;

h) por ratificación: La ratificación propiamente dicha, la aceptación o la aprobación

Colombia Art. 1o Se aprueban el Convenio Internacional del Sistema Armonizado de designación y Codificación de Mercancías, dado en Bruselas el catorce (14) de junio de mil novecientos ochenta y tres (1983) y el Protocolo de Enmienda al Convenio Internacional del Sistema Armonizado de Designación y Codificación de Mercancías, dado en Bruselas el veinticuatro (24) de junio de mil novecientos ochenta y seis (1986)
Hacer una pregunta en los comentarios
Artículo 1o 2o 3o ...20
Agregar un comentario
Los nuevos comentarios en el sitio web

Un concejal que terminó periodo 31 dic 2023 puede ser contratista en el 202r4 en el mismo municipio Que estuvo ejerciendo de concejal



Mi pregunta: Al lado de mi propiedad , mi vecino vendio el principio de construccion que tenia, el nuevo propietario demolio todo para hacer una nueva construcion; mi pregunta el nuevo propietario al demoler todo y empezar de cero , debe de conciliar con los vecinos para poder pegarse de nuestros muros. O, de lo contrario hacer su muro aparte si no hay acuerdo entre los vecinos.Le estare muy agradecido con su respuesta a dicho asunto.



Muy buen dia, para tod@s quiero saber cuanto son los términos legales ya que coloque la denuncia en la fiscalia, el 29 febrero 2024 y hasta el dia de hoy no me han llamado y en este momento ya me da lidia para sentarme y pararme, todo lo que pueda hacer para defenderme debo hacerlo parado, espero que me colaboren muy amables..



Cómo se establece, determina o contabiliza un plazo o un término de 48 horas?



Hola. Como el Art 227 no hace observación alguna sobre un mínimo para hacer el pago, si el empleado devenga un salario mínimo mensual, igualmente aplica el pago de las 2/3 partes los 90 días primeros y el 50% del segundo trimestre?



Últimos comentarios

¿Es Usted jurista? ¿Necesito nuevos clientes?
Publique la información de sí mismo

- Eso es gratís

- La información acerca de 5 mejores juristas está en todas las páginas del sitio

- Este anuncio ven màs de 10 000 visitantes al día

- Para aumentar su rating Usted necesito responder a las preguntas de los usuarios

Registrarse