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Estatuto de Arbitraje Nacional e Internacional Artículo 28 Colombia


Estatuto de Arbitraje Nacional e Internacional
Artículo 28. Distribución de honorarios

Una vez el tribunal se declare competente, el presidente entregará a cada uno de los árbitros y al secretario la mitad de los honorarios, y al centro de arbitraje la totalidad de lo correspondiente a él; el resto quedará depositado en la cuenta destinada exclusivamente para el efecto. El presidente distribuirá el saldo de honorarios una vez terminado el arbitraje por voluntad de las partes o por ejecutoria del laudo o de la providencia que decida sobre su aclaración, corrección o complementación.

Terminado el proceso o decidido el recurso de anulación, el presidente hará la liquidación final de gastos y, con la correspondiente cuenta razonada, devolverá el saldo a las partes.

Colombia Art. 28 Se expide el Estatuto de Arbitraje Nacional e Internacional y se dictan otras disposiciones
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Cordial saludo, si mis comisiones y bonos no se ven reflejados en los desprendibles de pago ya que me los cancelan por medio de caja menor, estos afectan a mi prima de servicios?

gracias.



Cordial saludo.

Tuve una multa por estar en via publica en abril 2021 y estaba prohibido por tema de pandemia, yo trabajo en el sector de alimentos y estaba excenta de esta medida. Apelé la orden de comparendo manifestando todo esto mismo y no me han dado citacion a audicencia o respuesta alguna a la fecha.

Quiero saber que puedo hacer porque en el RNMC sigue activo y me afecta.



La Ley 2101 del 2021 que reduce la jornada laboral de 48 a 42 horas semanales, no cambió lo indicado para la jornada laboral de turnos sucesivos, esto es los turnos de 6 horas al día o 36 a la semana. 


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En varias sentencias la Corte Suprema de Justicia ha dejado claro que el delito de calumnia se consuma cuando se imputa falsamente a otro la comisión de un delito y por tanto, la denuncia ante la autoridad competente no es indispensable para que se cometa calumnia. Si los hechos falsos son denunciados ante la autoridad competente, se comete falsa denuncia. Esto inplica que ambos delitos se puedan denunciar de manera independiente, en función de los actos y la intención de quien dijo los hechos falsos, ya que con la calumnia se protege el buen nombre y con la falsa denuncia se protege la correcta administración de la justicia.


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