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Normas orgánicas sobre ordenamiento territorial Artículo 8o Colombia


Normas orgánicas sobre ordenamiento territorial
Artículo 8o. Comisiones regionales de ordenamiento territorial

Se faculta a las Asambleas Departamentales y los Concejos Municipales, para que mediante ordenanzas y acuerdos creen la Comisión Regional de Ordenamiento Territorial que dentro de su jurisdicción se establezcan, las que orientarán las acciones en esta materia y participarán en la elaboración del proyecto estratégico regional de ordenamiento territorial, acorde con los lineamientos generales establecidos por la COT.

La Comisión de Ordenamiento Territorial establecerá la integración y funciones generales de las Comisiones Regionales y su forma de articulación con los distintos niveles y entidades de gobierno.

En la conformación de las Comisiones Regionales, se observará la composición de la COT, con el fin de garantizar la representación de los sectores que integran dicho ente, de la siguiente manera:

Comisiones Departamentales

1. El Gobernador, o su delegado, quien la presidirá.

2. El Secretario de Ambiente y Desarrollo Rural, o la instancia similar, o su delegado.

3. El Director Departamental del Instituto Geográfico Agustín Codazzi (IGAC), o su delegado.

4. El Director de la CAR respectiva, o su delegado.

5. Un experto de reconocida experiencia en la materia designado por el Gobierno Departamental.

6. Dos expertos de reconocida experiencia en la materia designados por la Asamblea Departamental respectiva.

7. Dos expertos académicos especializados en el tema designado por el sector académico del Departamento.

Comisiones Municipales

1. El Alcalde Municipal, o su delegado, quien la presidirá.

2. El Secretario de Ambiente y Desarrollo Rural, o la instancia similar, o su delegado.

3. Un delegado del Instituto Geográfico Agustín Codazzi (IGAC).

4. Un delegado del Director de la CAR respectiva.

5. Un experto de reconocida experiencia en la materia designado por el Gobierno Municipal.

6. Dos expertos de reconocida experiencia en la materia designados por el Concejo Municipal respectivo.

7. Dos expertos académicos especializados en el tema designado por el sector académico del Municipio.

ESQUEMAS ASOCIATIVOS TERRITORIALES.

Colombia Art. 8o Se dictan normas orgánicas sobre ordenamiento territorial y se modifican otras disposiciones
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Mi pregunta: Al lado de mi propiedad , mi vecino vendio el principio de construccion que tenia, el nuevo propietario demolio todo para hacer una nueva construcion; mi pregunta el nuevo propietario al demoler todo y empezar de cero , debe de conciliar con los vecinos para poder pegarse de nuestros muros. O, de lo contrario hacer su muro aparte si no hay acuerdo entre los vecinos.Le estare muy agradecido con su respuesta a dicho asunto.



Muy buen dia, para tod@s quiero saber cuanto son los términos legales ya que coloque la denuncia en la fiscalia, el 29 febrero 2024 y hasta el dia de hoy no me han llamado y en este momento ya me da lidia para sentarme y pararme, todo lo que pueda hacer para defenderme debo hacerlo parado, espero que me colaboren muy amables..



Cómo se establece, determina o contabiliza un plazo o un término de 48 horas?



Hola. Como el Art 227 no hace observación alguna sobre un mínimo para hacer el pago, si el empleado devenga un salario mínimo mensual, igualmente aplica el pago de las 2/3 partes los 90 días primeros y el 50% del segundo trimestre?




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