< Protocolo sobre el Programa para el Estudio Regional del Fenómeno El Niño en el Pacífico Sudeste

Protocolo sobre el Programa para el Estudio Regional del Fenómeno El Niño en el Pacífico Sudeste Artículo 10 Colombia


Protocolo sobre el Programa para el Estudio Regional del Fenómeno El Niño en el Pacífico Sudeste
Artículo 10. Reuniones de las partes



1. Con ocasión de las Reuniones Ordinarias de la Comisión Permanente del Pacífico Sur, y con base en el respectivo informe de la Unidad Ejecutiva y de Coordinación, las Partes evaluarán el grado de cumplimiento del presente Protocolo y del Programa ERFEN y adoptarán las resoluciones y demás medidas que estimen convenientes para la mejor ejecución de este Protocolo y el satisfactorio desenvolvimiento de dicho Programa incluidas las normas reglamentarias y demás que requiera el Programa y sus enmiendas; así como las correspondientes disposiciones de orden financiero y presupuestario.

2. Además, las Partes podrán celebrar Reuniones Extraordinarias por iniciativa de cualquiera de ellas, o de la Unidad Ejecutiva y de Coordinación en consulta con las Partes.

3. Así mismo, la reunión de las Partes adoptará los lineamientos generales y el presupuesto del Plan de Acción para el Programa ERFEN y sus actualizaciones.

4. Se requiere el consenso entre las Partes para la adopción de resoluciones y demás medidas correspondientes al Programa ERFEN.

5. Igualmente, se requiere aprobación por consenso entre las Partes para que entren a regir los acuerdos a los que se refiere el párrafo 2o. del artículo IX del presente Protocolo.

6. Los presidentes de los Comités Nacionales se reunirán ocasionalmente, convocados por la Unidad Ejecutiva y de Coordinación, para evaluar el Programa y formular recomendaciones para su mejor desarrollo.

Colombia Art. 10 Se aprueba el Protocolo sobre el Programa para el Estudio Regional del Fenómeno El Niño en el Pacífico Sudeste, suscrito en Puerto Callao, Perú el 6 de noviembre de 1992
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  • Buen dia, mi pregunta es en el año 2009 por situacion economica no pude seguir pagando mi plan hogar con Colombia telecomunicaciones (hoy movistar), después que han trascurrido quince años llega una carta de cobro de una empresa de cobranza, mi pregunta es; me pueden cobrar despues de tanto tiempo, la deuda sigue vigente, se les puede poner un derecho de petición. Gracias.


Un concejal que terminó periodo 31 dic 2023 puede ser contratista en el 202r4 en el mismo municipio Que estuvo ejerciendo de concejal



Mi pregunta: Al lado de mi propiedad , mi vecino vendio el principio de construccion que tenia, el nuevo propietario demolio todo para hacer una nueva construcion; mi pregunta el nuevo propietario al demoler todo y empezar de cero , debe de conciliar con los vecinos para poder pegarse de nuestros muros. O, de lo contrario hacer su muro aparte si no hay acuerdo entre los vecinos.Le estare muy agradecido con su respuesta a dicho asunto.



Muy buen dia, para tod@s quiero saber cuanto son los términos legales ya que coloque la denuncia en la fiscalia, el 29 febrero 2024 y hasta el dia de hoy no me han llamado y en este momento ya me da lidia para sentarme y pararme, todo lo que pueda hacer para defenderme debo hacerlo parado, espero que me colaboren muy amables..



Cómo se establece, determina o contabiliza un plazo o un término de 48 horas?



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