Se adoptan el Estatuto de la Oposición Política y algunos derechos a las organizaciones políticas independientes (Se adoptan el Estatuto de la Oposición Política y algunos derechos a las organizaciones políticas in) Colombia
Se adoptan el Estatuto de la Oposición Política y algunos derechos a las organizaciones políticas independientes
- Artículo 1o. Objeto
- Artículo 2o. Definiciones
- Artículo 3o. Derecho fundamental a la oposición política
- Artículo 4o. Finalidades
- Artículo 5o. Principios rectores
- Artículo 6o. Declaración política
- Artículo 7o. Niveles territoriales de oposición política
- Artículo 8o. Competencia para efectuar la declaración política
- Artículo 9o. Registro y publicidad
- Artículo 10. Representación de las organizaciones políticas para el ejercicio y protección de los derechos de oposición e independientes
- Artículo 11. Derechos
- Artículo 12. Financiación adicional para el ejercicio de la oposición
- Artículo 13. Acceso a los medios de comunicación social del estado y los que hacen uso del espectro electromagnético
- Artículo 14. Acceso a medios de comunicación en instalación del congreso
- Artículo 15. Acceso a medios de comunicación en alocuciones presidenciales
- Artículo 16. Acceso a la información y a la documentación oficial
- Artículo 17. Derecho de réplica
- Artículo 18. Participación en mesas directivas de plenarias de corporaciones públicas de elección popular
- Artículo 19. Participación en la agenda de las corporaciones públicas
- Artículo 20. Participación en la comisión de relaciones exteriores
- Artículo 21. Derecho a participar en las herramientas de comunicación de las corporaciones públicas de elección popular
- Artículo 22. Transparencia y rendición de cuentas en el plan de desarrollo y planes plurianuales de inversión
- Artículo 23. Derechos de oposición en las juntas administradoras locales
- Artículo 24. Curules en senado y cámara de representantes
- Artículo 25. Curules en las corporaciones públicas de elección popular de las entidades territoriales
- Artículo 26. Organizaciones políticas independientes
- Artículo 27. Protección a la declaración de independencia
- Artículo 28. Acción de protección de los derechos de oposición
- Artículo 29. Protección de la declaratoria de oposición
- Artículo 30. Seguridad para los miembros de las organizaciones políticas que se declaren en oposición
- Artículo 31. Pérdida de derechos de la oposición
- Artículo 32. Vigencia y derogaciones
Otras regulaciones
Tratado sobre el Derecho de Marcas Se prohíbe la comercialización de componentes anatómicos humanos para trasplante La Nación se vincula a la conmemoración de los cien años de la erección del municipio de Montebello La Nación se asocia y rinde homenaje al municipio de Argelia, del departamento del Cauca, con motivo de la celebración de los 50 años de Fundación La Nación se vincula a la celebración de los cuatrocientos cincuenta años de la fundación de la Ciudad de ValleduparMejores juristas
Buen dia como puedo embargar una empresa, que no tiene nada que embargar, sobre quien podria solicitar ante un juez medida cuatelzar para solicitar embargo o secuestro de bienes?
Este artículo es necesario leerlo desde sus actualizaciones. Así las cosas entre el día 1 y 2 el pago del auxilio económico a la persona trabajadora que se enferma por una razón no laboral, lo hace el empleador (Decreto 2943 de 2013). Del día 3 al 180 la EPS en un 66.6% del salario devengado mensualmente. Del día 181 al 540, el Fondo de Pensiones (Ley 962 de 2005). A partir del 541, la EPS (Ley 1753 de 2015) en un 50% del salario devengado. Nunca ningún % de estos puede ser inferior a un Salario Mínimo Mensual Legal Vigente.
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- Buen dia, mi pregunta es en el año 2009 por situacion economica no pude seguir pagando mi plan hogar con Colombia telecomunicaciones (hoy movistar), después que han trascurrido quince años llega una carta de cobro de una empresa de cobranza, mi pregunta es; me pueden cobrar despues de tanto tiempo, la deuda sigue vigente, se les puede poner un derecho de petición. Gracias.
Un concejal que terminó periodo 31 dic 2023 puede ser contratista en el 202r4 en el mismo municipio Que estuvo ejerciendo de concejal
Mi pregunta: Al lado de mi propiedad , mi vecino vendio el principio de construccion que tenia, el nuevo propietario demolio todo para hacer una nueva construcion; mi pregunta el nuevo propietario al demoler todo y empezar de cero , debe de conciliar con los vecinos para poder pegarse de nuestros muros. O, de lo contrario hacer su muro aparte si no hay acuerdo entre los vecinos.Le estare muy agradecido con su respuesta a dicho asunto.
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