Se adoptan el Estatuto de la Oposición Política y algunos derechos a las organizaciones políticas independientes (Se adoptan el Estatuto de la Oposición Política y algunos derechos a las organizaciones políticas in) Colombia
Se adoptan el Estatuto de la Oposición Política y algunos derechos a las organizaciones políticas independientes
- Artículo 1o. Objeto
- Artículo 2o. Definiciones
- Artículo 3o. Derecho fundamental a la oposición política
- Artículo 4o. Finalidades
- Artículo 5o. Principios rectores
- Artículo 6o. Declaración política
- Artículo 7o. Niveles territoriales de oposición política
- Artículo 8o. Competencia para efectuar la declaración política
- Artículo 9o. Registro y publicidad
- Artículo 10. Representación de las organizaciones políticas para el ejercicio y protección de los derechos de oposición e independientes
- Artículo 11. Derechos
- Artículo 12. Financiación adicional para el ejercicio de la oposición
- Artículo 13. Acceso a los medios de comunicación social del estado y los que hacen uso del espectro electromagnético
- Artículo 14. Acceso a medios de comunicación en instalación del congreso
- Artículo 15. Acceso a medios de comunicación en alocuciones presidenciales
- Artículo 16. Acceso a la información y a la documentación oficial
- Artículo 17. Derecho de réplica
- Artículo 18. Participación en mesas directivas de plenarias de corporaciones públicas de elección popular
- Artículo 19. Participación en la agenda de las corporaciones públicas
- Artículo 20. Participación en la comisión de relaciones exteriores
- Artículo 21. Derecho a participar en las herramientas de comunicación de las corporaciones públicas de elección popular
- Artículo 22. Transparencia y rendición de cuentas en el plan de desarrollo y planes plurianuales de inversión
- Artículo 23. Derechos de oposición en las juntas administradoras locales
- Artículo 24. Curules en senado y cámara de representantes
- Artículo 25. Curules en las corporaciones públicas de elección popular de las entidades territoriales
- Artículo 26. Organizaciones políticas independientes
- Artículo 27. Protección a la declaración de independencia
- Artículo 28. Acción de protección de los derechos de oposición
- Artículo 29. Protección de la declaratoria de oposición
- Artículo 30. Seguridad para los miembros de las organizaciones políticas que se declaren en oposición
- Artículo 31. Pérdida de derechos de la oposición
- Artículo 32. Vigencia y derogaciones
Otras regulaciones
Convención sobre la Prevención y el Castigo de Delitos contra personas internacionalmente protegidas, inclusive los Agentes Diplomáticos La Nación exalta la memoria, vida y obra del escultor antioqueño Rodrigo Arenas Betancourt Convenio sobre arreglo de diferencias relativas a inversiones La Nación se asocia a la celebración de los 130 años de las Fiestas del San Pedro Convenio entre las Repúblicas de Colombia y del Ecuador para la Recuperación y Devolución de Bienes Culturales RobadosMejores juristas
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Asesoría jurídica Daniel
Abogado Jesús Crúz Olivella
Aunque la ley indica que un progenitor que no cumpla con el pago de los alimentos, no será escuchado para reclamar ningún derecho sobre su hijo(a), es necesario aclarar que la entidad competente que conozca un caso en el que el padre o madre deudora, desee ver a sus hijos, deberá analizar detenidamente cada situación, con el fin de que se garanticen todos los derechos fundamentales que tienen los niños y niñas. Pues las visitas son a veces la única forma en la que el menor puede ejercer su derecho a tener una familia. Recordemos que en el tema de infancia y adolescencia, siempre debe prevalecer el derecho de los niños y niñas.
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Tengo una medida correctiva del 2018 si aplica la prescripción, y cuánto tiempo tiene el inspector para iniciar el cobro coactivo
Buenos días tengo una pregunta. Tuve un accidente en casi con mi hija menor de 8 años quien fue operada y hospitalizada, y la empresa para la que trabajo lo que hizo fue adelantarme descansos por los 5 días que estuve ausente de mi trabajo.
Es esto correcto? Que debo hacer ?
Buenas noches.
Quiero saber en el caso de vivienda urbana (casa), a cargo de quién está la limpieza de los canales recolectores de agua lluvia en el techo, del arrendador o del arrendatario?
Buenas noches:pPodrian por favor informarme si después de haberse presentado una liquidación de credito sobre cuotas de administración y habiendo sido objetada, el Juez luego de solicitar en un auto que para mejor proveer en derecho respecto a la liquidación de crédito y objeción planteada sobre la misma, se requiere a las partes para que alleguen el certificado de cuotas de administración expedido por la representante legal de la entidad demandante, acreditando la calidad que ostenta la misma mediante documental vigente. Y una vez que la administradora presenta otra liquidación de credito el Juzgado corre nuevamente traslado del art. 110 del CGP de esa liquidación de acuerdo con el art. 446 CGP. Es esta situación posible? cuando aun ni siquiera se ha decidido la que presento el abogado de la administradora? Por favor es Urgente porque ya esta corriendo el termino de tres dias. Muchas Gracias por su valiosa colaboración.
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