< Se declara Monumento Nacional El Templo de San Roque

Se declara Monumento Nacional El Templo de San Roque Artículo 4o Colombia


Se declara Monumento Nacional El Templo de San Roque
Artículo 4o.

La Junta de Conservación del Monumento Nacional "Templo de San Roque", previsto en el artículo anterior, estará conformada por:

1. El Gobernador del Atlántico o su delegado.

2. El Alcalde de Barranquilla o su delegado.

3. El Arzobispo de Barranquilla o su delegado.

4. El párroco de la Iglesia de San Roque, quien además será el Secretario de la junta.

5. Por dos Representantes de la Asociación de ex alumnos del Colegio de San Roque de la ciudad de Barranquilla escogidos por la Junta Directiva.

6. Un Representante de la Sociedad de Ingenieros del Atlántico, escogidos por la Junta Directiva.

7. Un representante de la Academia de Historia del Departamento del Atlántico, escogido por su mesa directiva.

PARÁGRAFO. Esta Junta recopilará la historia religiosa, espiritual, cultural y sociológica del "Templo de San Roque" y de toda la zona suroriental de Barranquilla, para lo cual contará con su presupuesto asignado de manera independiente por el Ministro de Educación Nacional y las Secretarías de Educación del Atlántico y de Barranquilla, respectivamente.

De dicha recopilación, una vez aprobada por la Junta de Conservación del Monumento Nacional del "Templo de San Roque", se editará una edición de cinco mil ejemplares (5.000), con cargo al Fondo de Publicaciones de la Cámara de Representantes y contratado por ésta.

Colombia Art. 4o Se declara Monumento Nacional El Templo de San Roque, en el Barrio de San Roque de la ciudad de Barranquilla, departamento del Atlántico
Hacer una pregunta en los comentarios
Artículo 1o 2o 3o 4o 5o 6o
Agregar un comentario
Los nuevos comentarios en el sitio web

Un concejal que terminó periodo 31 dic 2023 puede ser contratista en el 202r4 en el mismo municipio Que estuvo ejerciendo de concejal



Mi pregunta: Al lado de mi propiedad , mi vecino vendio el principio de construccion que tenia, el nuevo propietario demolio todo para hacer una nueva construcion; mi pregunta el nuevo propietario al demoler todo y empezar de cero , debe de conciliar con los vecinos para poder pegarse de nuestros muros. O, de lo contrario hacer su muro aparte si no hay acuerdo entre los vecinos.Le estare muy agradecido con su respuesta a dicho asunto.



Muy buen dia, para tod@s quiero saber cuanto son los términos legales ya que coloque la denuncia en la fiscalia, el 29 febrero 2024 y hasta el dia de hoy no me han llamado y en este momento ya me da lidia para sentarme y pararme, todo lo que pueda hacer para defenderme debo hacerlo parado, espero que me colaboren muy amables..



Cómo se establece, determina o contabiliza un plazo o un término de 48 horas?



Hola. Como el Art 227 no hace observación alguna sobre un mínimo para hacer el pago, si el empleado devenga un salario mínimo mensual, igualmente aplica el pago de las 2/3 partes los 90 días primeros y el 50% del segundo trimestre?



Últimos comentarios

¿Es Usted jurista? ¿Necesito nuevos clientes?
Publique la información de sí mismo

- Eso es gratís

- La información acerca de 5 mejores juristas está en todas las páginas del sitio

- Este anuncio ven màs de 10 000 visitantes al día

- Para aumentar su rating Usted necesito responder a las preguntas de los usuarios

Registrarse