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Se dicta el Estatuto Básico de los partidos y movimientos políticos Artículo 51 Colombia


Se dicta el Estatuto Básico de los partidos y movimientos políticos
Artículo 51. Audiencias públicas

En el trámite de todo proyecto de ley cuyo tema sea el de la participación política en todas sus formas o el de la organización electoral, será escuchado el concepto de las fuerzas de oposición, para lo cual se realizarán audiencias públicas hasta por ocho días.

Colombia Art. 51 Se dicta el Estatuto Básico de los partidos y movimientos políticos, se dictan normas sobre su financiación y la de las campañas electorales y se dictan otras disposiciones
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